INVERSIONES LAGO ALEGRE SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de mayo de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “LAGO ALEGRE SpA”.- Objetos: A) La inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y en todo tipo de valores, acciones, monedas y demás títulos valores; B) La compra, venta, explotación, arrendamiento y comercialización de bienes raíces urbanos o rurales, y el negocio inmobiliario en general; C) la participación en sociedades comerciales y civiles de cualquier naturaleza; D) Las demás actividades relacionadas o no con las anteriores
- Capital
- $2.000.000 CLP
Administración
Se designa como administradores de la Sociedad a don Antonio Ricardo Raúl Schneider Chaigneau, a doña Andrea Gelcich Renard y a don Luis Enrique Contreras Sobarzo; quienes actuarán separada e indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Titular de la Vigésimo Quinta Notaria de Santiago, con oficio en calle Amunategui 361, local 6, certifico: que por escritura pública, de fecha 09 de mayo de 2022, ante mí don ANTONIO RICARDO RAÚL SCHNEIDER CHAIGNEAU, C.I.N°6.027.199-2; constituye sociedad por acciones.- Nombre: “INVERSIONES LAGO ALEGRE SpA”, pudiendo usar nombre de fantasía: “LAGO ALEGRE SpA”.- Objetos: A) La inversión en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y en todo tipo de valores, acciones, monedas y demás títulos valores; B) La compra, venta, explotación, arrendamiento y comercialización de bienes raíces urbanos o rurales, y el negocio inmobiliario en general; C) la participación en sociedades comerciales y civiles de cualquier naturaleza; D) Las demás actividades relacionadas o no con las anteriores.- Capital: $2.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, todas de la misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en su totalidad.- Administración: Se designa como administradores de la Sociedad a don Antonio Ricardo Raúl Schneider Chaigneau, a doña Andrea Gelcich Renard y a don Luis Enrique Contreras Sobarzo; quienes actuarán separada e indistintamente.- Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 10 de mayo 2022.