CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA INSPIRA SpA

CVE 2127658
Capital
$600.000 CLP
Fecha instrumento
10 de mayo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de mayo de 2022
Repertorio
6807/2022
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$600.000 CLP

Objeto social

a) la ejecución y construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de obras civiles, montajes estructurales, viviendas, edificios, obras sanitarias y urbanizaciones; b) la adquisición, venta y arriendo de maquinarias y equipos de ingeniería y construcción; y c) la prestación de servicios profesionales y asesorías que digan relación con los rubros indicados precedentemente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada con fecha 10 de mayo de 2022, Repertorio N° 6807/2022, ante mí, INVERSIONES SANTA CLARA LIMITADA E INVERSIONES LOS TRICOS LIMITADA constituyeron una sociedad por acciones, en adelante la “Sociedad”, conforme lo establecido en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, la cual se regirá para todos los efectos legales por sus estatutos, y en lo no previsto por ellos y, sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza y sus estatutos, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “CONSTRUCTORA INSPIRA SpA”. Objeto: a) la ejecución y construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de obras civiles, montajes estructurales, viviendas, edificios, obras sanitarias y urbanizaciones; b) la adquisición, venta y arriendo de maquinarias y equipos de ingeniería y construcción; y c) la prestación de servicios profesionales y asesorías que digan relación con los rubros indicados precedentemente. Capital: $600.000, dividido en 600.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en el artículo primero transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 11 de mayo de 2022.