Mazal SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de abril de 2022
- Notario
- ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
- Oficio
- Cuadragésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $170.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, 6° piso, Comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 13 de abril de 2022 ante mi suplente don Gustavo Montero Marti, se redujo Junta Extraordinaria de Accionistas, con la asistencia del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto, por sí y /o debidamente representadas de “Mazal SpA”, más la asistencia especial de Juan Carlos Barthelemiez Padilla, sociedad inscrita a fojas 66.008 número 30.627 del Registro de Comercio de Santiago del año 2021. La entidad sufrió anotaciones marginales con posterioridad, las cuales constan al margen de la inscripción de constitución citada, incluida su posterior inscripción a fojas 180 vta. N° 142 del Registro de Comercio de Los Andes del año 2021. En la Junta se acordó: I) Aumentar el capital de la sociedad de $170.000.000, dividido en 17.000 acciones nominativas, a la suma de $190.000.000, dividido en 18.000 acciones nominativas, sin valor nominal, es decir, un aumento ascendente a $20.000.000, para lo cual se emitieron 1.000 nuevas acciones de pago, que fueron ofrecidas primeramente a los accionistas a prorrata de su participación social, en virtud del derecho de suscripción preferente, quienes manifestaron expresamente no encontrarse interesados en suscribir dicho aumento. En último lugar, se ofreció la palabra al asistente invitado, Juan Carlos Barthelemiez Padilla, que sí manifestó estar interesado en suscribir el aumento propuesto, y suscribió la cantidad de 1.000 nuevas acciones, pagando su suscripción con la suma de $20.000.000, en el acto, al contado y en dinero efectivo. Los accionistas acordaron por unanimidad aprobar la oferta de suscripción de acciones realizada por Juan Carlos Barthelemiez Padilla. II) Modificar los estatutos sociales de Mazal SpA, en función de los acuerdos adoptados por la Junta, reemplazando íntegramente los siguientes artículos de los estatutos: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de ciento noventa millones de pesos, dividido en dieciocho mil acciones nominativas, que se suscriben y pagan en la forma que señala el artículo primero transitorio, de estos estatutos.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es la suma de ciento noventa millones de pesos, dividido en dieciocho mil acciones nominativas, suscritas y pagadas en la siguiente forma y proporciones: UNO) DAVID MARCELO NACHARI BENQUIS, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; DOS) RODRIGO ALBERTO LATORRE SALAZAR, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; TRES) JUAN DE DIOS ROBERTO VERDUGO SEPULVEDA, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; CUATRO) LUIS PATRICIO PORTE MATURANA, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; CINCO) GABRIEL ARTURO CRISÓSTOMO GONZÁLEZ, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; SEIS) SEBASTIAN BENEDICTO MENA KATTAN, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; SIETE) CARLOS FLORENTINO HUMERES GARAY, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; OCHO) ADOLFO YERIES ZEDAN SÁNCHEZ, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; NUEVE) JOSE LUIS DIAZ DE CERIO RUBIÑO, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; DIEZ) IRIS VERÓNICA SCHIAPPACASSE ARMIJO, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; ONCE) GUILLERMO MATUS EVANS, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; DOCE) PATRICIO NICOLÁS DIAZ ARAYA, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; TRECE) CRISTIAN CARMELO OVALLE SALGADO, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; CATORCE) CRISTIAN ANDRÉS LACALLE JAIMALIS, suscribe quinientas acciones, equivalentes a un dos coma siete siete siete siete siete siete siete ocho por ciento, de las cuales han sido pagadas doscientas cincuenta acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; QUINCE) JESSICA PAOLA LACALLE JAIMALIS, suscribe quinientas acciones, equivalentes a un dos coma siete siete siete siete siete siete siete ocho por ciento, de las cuales han sido pagadas doscientas cincuenta acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; DIECISÉIS) CRISTOBAL ALEJANDRO RIOS GARCES, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; DIECISIETE) OSCAR MANUEL ESCOBAR DONAIRE, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; DIECIOCHO) LUIS RICARDO REYES MALDONADO, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social; y DIECINUEVE) JUAN CARLOS BARTHELEMIEZ PADILLA, suscribe mil acciones, equivalentes a un cinco coma cinco cinco cinco cinco cinco cinco cinco seis por ciento, de las cuales han sido pagadas quinientas acciones, y el saldo se obliga a pagarlo en el plazo de tres años a contar de la fecha de constitución social.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de mayo de 2022.