La Roblería SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de mayo de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $604.230 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 941, Local 302, comuna y ciudad de Santiago, certifico: En junta extraordinaria de accionistas de La Roblería SpA celebrada ante mí, con fecha 12 de abril de 2022 y reducida a escritura pública ante mí con fecha 4 de mayo de 2022, se acordó lo siguiente: 1) Convertir las acciones Serie C en acciones Serie B y eliminar las acciones Serie C; 2) Aumentar el capital de la suma de $604.230.794 dividido en 2.006.315 acciones, al monto de $624.295.394, dividido en 2.006.315 acciones como consecuencia del mayor valor en la colocación de las acciones; y, 3) Aumentar el capital de la suma de $624.295.394, dividido en 2.006.315 acciones a la suma de $862.460.294, dividido en 2.077.409 acciones, por medio de la emisión de 71.094 acciones de pago de la Serie D. De esta forma, el capital de la sociedad asciende a la suma de $862.460.294, dividido en 2.077.409 acciones nominativas y sin valor nominal, de las cuales 1.250.000 corresponden a acciones Serie A, nominativas y sin valor nominal, 609.815 corresponden a acciones Serie B, nominativas y sin valor nominal, y 217.594 corresponden a acciones Serie D, nominativas y sin valor nominal. El capital social se encuentra parcialmente suscrito y pagado de la siguiente manera: a) 1.250.000 acciones Serie A han sido suscritas y pagadas con anterioridad al 12 de abril de 2022; b) 609.815 acciones Serie B han sido suscritas y pagadas con anterioridad al 12 de abril de 2022; c) 146.500 acciones Serie D han sido suscritas y pagadas con anterioridad al 12 de abril de 2022; y d) 71.094 acciones Serie D, se deberán suscribir y pagar dentro de cuarenta y cinco días a contar del 12 de abril del año 2022. Se reemplazaron íntegramente los artículos quinto y sexto permanentes y primero transitorio del estatuto social. Se facultó al portador de copia de este extracto para su legalización. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de mayo de 2022.-