MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LUJÁN ASOCIADOS LIMITADA

RUT 76185404-6 CVE 2125014
Fecha instrumento
15 de marzo de 2022

Instrumento

Fecha
15 de marzo de 2022
Repertorio
1201-2022

Administración

Asimismo, los únicos y actuales socios acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a Carolina Isabel Luján Muñoz, Susana Beatriz Luján Muñoz y Sonia Marcela Luján Muñoz, debiendo actuar conjuntamente dos cualquiera de ellas, quienes actuando en la forma antes señalada y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar toda clase de operaciones sociales ante cualquier entidad, y ejecutar todos los actos y celebrar todo tipo de contrato

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, abogado, Notario de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle Don Carlos número 2889, comuna de Las Condes, Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 15 de Marzo de 2022, ante mí, Repertorio N° 1201-2022: doña ADRIANA DEL CARMEN MUÑOZ ATAL, don EMILIO LUJÁN, don EMILIO EDUARDO LUJÁN MUÑOZ, doña CAMILA ANDREA LUJÁN MUÑOZ, doña CAROLINA ISABEL LUJÁN MUÑOZ, doña SONIA MARCELA LUJÁN MUÑOZ, y doña SUSANA BEATRIZ LUJÁN MUÑOZ, todos los comparecientes antes individualizados domiciliados para estos efectos en Avenida Diez de Julio número mil seiscientos cuarenta, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quienes comparecen en calidad de únicos y actuales socios de “LUJÁN ASOCIADOS LIMITADA” y acuerdan lo siguiente: 1) CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Por el presente instrumento doña ADRIANA DEL CARMEN MUÑOZ ATAL, vende, cede y transfiere a don EMILIO EDUARDO LUJÁN MUÑOZ, quien compra, acepta y adquiere el nueve coma nueve nueve dos por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Asimismo, doña ADRIANA DEL CARMEN MUÑOZ ATAL, vende, cede y transfiere a doña CAROLINA ISABEL LUJÁN MUÑOZ, quien compra, acepta y adquiere el cero coma cero uno siete por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, doña ADRIANA DEL CARMEN MUÑOZ ATAL se retira definitivamente de la Sociedad. Luego, en este mismo acto, don EMILIO LUJÁN, vende, cede y transfiere a doña CAROLINA ISABEL LUJÁN MUÑOZ quien compra, acepta y adquiere el nueve coma nueve siete cuatro por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Asimismo, don EMILIO LUJÁN, vende, cede y transfiere a CAMILA ANDREA LUJÁN MUÑOZ quien compra, acepta y adquiere el nueve coma nueve nueve uno por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Luego, don EMILIO LUJÁN, vende, cede y transfiere a SONIA MARCELA LUJÁN MUÑOZ quien compra, acepta y adquiere el nueve coma nueve nueve uno por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Por último, don EMILIO LUJÁN, vende, cede y transfiere a doña SUSANA BEATRIZ LUJÁN MUÑOZ, quien compra, acepta y adquiere el nueve coma nueve nueve uno por ciento de los derechos sociales de la Sociedad. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, don EMILIO LUJÁN se retira definitivamente de la Sociedad. 2) MODIFICACIÓN SOCIAL: Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, los únicos y actuales socios de la Sociedad acuerdan sustituir el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente texto: “Artículo Quinto: Capital Social. La sociedad tendrá un capital ascendente a la suma de un millón de pesos, que los socios han aportado íntegramente de la siguiente forma: uno) don EMILIO EDUARDO LUJÁN MUÑOZ aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital, íntegramente pagados; dos) doña CAMILA ANDREA LUJÁN MUÑOZ aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital, íntegramente pagados; tres) CAROLINA ISABEL LUJÁN MUÑOZ aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital, íntegramente pagados; cuatro) SONIA MARCELA LUJÁN MUÑOZ aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital, íntegramente pagados; cinco) doña SUSANA BEATRIZ LUJÁN MUÑOZ aporta la suma de doscientos mil pesos, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales en que se divide el capital, íntegramente pagados”; 3) ADMINISTRACIÓN. Asimismo, los únicos y actuales socios acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a Carolina Isabel Luján Muñoz, Susana Beatriz Luján Muñoz y Sonia Marcela Luján Muñoz, debiendo actuar conjuntamente dos cualquiera de ellas, quienes actuando en la forma antes señalada y anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar toda clase de operaciones sociales ante cualquier entidad, y ejecutar todos los actos y celebrar todo tipo de contrato. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 3 de mayo de 2022.