MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA SANTO TÓMAS LIMITADA

RUT 77569044-5 CVE 2123986
Fecha instrumento
21 de abril de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
21 de abril de 2022
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 21 de abril de 2022, ante mí, doña María de la Luz Velasco Silva, por sí y en representación de Inversiones Aurora Limitada y de Inversiones Aurora Dos Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Rosario Norte N°555, piso 12, comuna de Las Condes, modificaron la sociedad INMOBILIARIA SANTO TÓMAS LIMITADA, inscrita a fojas 13.358, N°6.366, correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022 (en adelante, la “Sociedad”), se acordó modificar la Sociedad, en el siguiente sentido: UNO) Dar cuenta que, producto de la división de la sociedad Inversiones Aurora Limitada, se constituyó la sociedad Inversiones Aurora Dos Limitada, a la cual se le asignó la totalidad de los derechos sociales que Inversiones Aurora Limitada mantenía sobre Inmobiliaria Santo Tomás Limitada, pasando Inversiones Aurora Dos Limitada a ser accionista de la Sociedad. En consecuencia los únicos y actuales socios de la Sociedad son doña María de la Luz Velasco Silva e Inversiones Aurora Dos Limitada. DOS) Con el objeto de dar cuenta de lo anterior, se sustituyó el artículo Sexto por el siguiente, “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad asciende a la suma de dieciséis millones trescientos trece mil doscientos dieciséis pesos, que los socios aportan en las siguientes proporciones y formas: a) doña María de la Luz Velasco Silva con la cantidad diez millones seiscientos tres mil quinientos noventa pesos, que representa un sesenta y cinco por ciento del capital e interés social íntegramente pagado, y b) Inversiones Aurora Dos Limitada, con la cantidad de cinco millones setecientos nueve mil seiscientos veintiséis pesos, que representa un treinta y cinco por ciento del capital e interés social, de los cuales tres millones doscientos ochenta y siete mil setecientos setenta y tres pesos se encuentran pagados y dos millones cuatrocientos veintiuno mil ochocientos cincuenta y tres pesos serán pagados a medida que las necesidades sociales lo requieran, y en todo caso en el plazo máximo de cinco años a contar de la fecha de la escritura de constitución.” En todo lo no modificado, se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de la Sociedad, en especial que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para la legalización. Santiago, 28 de abril de 2022.