COOPERATIVA DE SERVICIOS MEDICINA Y SALUD INTEGRAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2022
- Notario
- dentidad número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos
- Oficio
- Trigésima Octava Notaria de Santiago con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $7.816.230 CLP
- Domicilio
- La Cooperativa está domiciliada en la Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Cooperativa tiene como objeto dedicarse a la promoción, ejecución y prestación de servicios de cualquier naturaleza que tengan por fin directo o indirecto la salud integral de las personas que requieran su atención en distintos centros de salud públicos o privados a lo largo del país. Con tal propósito, la Cooperativa podrá prestar servicios médicos a través de sus socios, adquirir equipos, derechos, servicios, instalaciones, edificios o centros de salud destinados a prestar servicios de salud integrales a los pacientes, negociar los términos y condiciones de la prestación de sus servicios, todo con miras a entregar y mejorar las condiciones de sus socios para el desarrollo de la profesión médica. Asimismo, en el desarrollo de su objeto la Cooperativa y en conformidad al principio de la ayuda mutua, deberá propender y facilitar el perfeccionamiento constante de sus socios, al mejoramiento de las condiciones en que éstos prestan sus servicios, de forma tal que la atención del paciente esté al centro de su quehacer, al beneficio de los pacientes que requieran sus servicios y, en general, entregar y mejorar las condiciones a sus socios para que presten servicios de calidad y excelencia profesional.” La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas.; NÚMERO DE
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Cédula de identidad número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos, Notario Público Titular, de la Trigésima Octava Notaria de Santiago con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, piso cinco, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de marzo del año 2022, ante mí, la comparece Doña NICOLE LORETO FARIÑA CASANOVA, chilena, casada, abogada, domiciliada para estos efectos en calle Miguel Claro 195, oficina 310, Providencia, Región Metropolitana, quién debidamente facultada viene en reducir a escritura pública el acto de la Junta General Especialmente Citada de la COOPERATIVA MEDICINA Y SALUD INTEGRAL LIMITADA, repactándose en un nuevo texto los estatutos sociales, siendo los siguientes: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “COOPERATIVA DE SERVICIOS MEDICINA Y SALUD INTEGRAL LIMITADA”, o su sigla “MEDICOP LTDA.”; DOMICILIO: La Cooperativa está domiciliada en la Región Metropolitana, sin perjuicio de lo anterior podrá establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.; DURACIÓN: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas.; OBJETO SOCIAL: La Cooperativa tiene como objeto dedicarse a la promoción, ejecución y prestación de servicios de cualquier naturaleza que tengan por fin directo o indirecto la salud integral de las personas que requieran su atención en distintos centros de salud públicos o privados a lo largo del país. Con tal propósito, la Cooperativa podrá prestar servicios médicos a través de sus socios, adquirir equipos, derechos, servicios, instalaciones, edificios o centros de salud destinados a prestar servicios de salud integrales a los pacientes, negociar los términos y condiciones de la prestación de sus servicios, todo con miras a entregar y mejorar las condiciones de sus socios para el desarrollo de la profesión médica. Asimismo, en el desarrollo de su objeto la Cooperativa y en conformidad al principio de la ayuda mutua, deberá propender y facilitar el perfeccionamiento constante de sus socios, al mejoramiento de las condiciones en que éstos prestan sus servicios, de forma tal que la atención del paciente esté al centro de su quehacer, al beneficio de los pacientes que requieran sus servicios y, en general, entregar y mejorar las condiciones a sus socios para que presten servicios de calidad y excelencia profesional.” La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas.; NÚMERO DE SOCIOS: Concurrieron a la Reforma de Estatutos los siguientes socios: Gigliola Cannoni Berd, Felipe Cardemil Morales, María Ángela Carreño Nigro, María Francisca Corona Humphreys, Alison Christine Ford Martínez de los Pinillos, Cristián Fuentes Flores, José Antonio Giordano Basualdo, Viviana Herkovic, Patricio Fernando Ibáñez Lazo, Ximena Katz Vicuña, Karin Cecilia Kleinsteuber Saa, Marcela Matamala, Javiera Mayor Gacitúa, Yuri Mc Conell, Paulina María Merino Osorio, Antonio Núñez Salazar, Pedro Palma Vergara, José Luis Troncoso Jorquiera, Patricio Mario Venegas Pérez; CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $7.816.230.-, dividido en 27 cuotas de participación, de un valor de $289.490.- cada una.- El Capital suscrito por pagar tiene un valor inicial de $571.163.770, equivalentes a 1973 cuotas de participación pagaderas en un plazo de 3 años. Los socios de posterior ingreso deberán suscribir y pagar el número mínimo de 1 Cuota de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este Estatuto.Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 31 de Marzo de 2022.-