CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

AGRICOLA C & M SpA

CVE 2124665
Fecha instrumento
2 de mayo de 2022
Notaría
Rengo
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de mayo de 2022
Notario
PAULINA VALEZUELA VALDES
Oficio
2° Notaria de Rengo
Comuna
Rengo

Sociedad

Domicilio
Comuna de Quinta de Tilcoco
Duración
Indefinida

Objeto social

La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y –en general– cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULINA VALEZUELA VALDES, Abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaria de Rengo, con oficio en esta ciudad, avenida Jose Bisquertt N° 75-D, CERTIFICO: Por Escritura Pública de fecha 2 mayo de 2022, ante mí, MARCO ANDRES PACHECO PACHECO, chileno, soltero, técnico agrícola, cédula nacional de identidad numero diecinueve millones trescientos dieciocho mil setecientos ochenta y nueve guion siete, domiciliado en Población Chile Nuevo, calle Cuatro Oriente número ciento veinte, El Tambo, Comuna de San Vicente de Tagua Tagua, Sexta Region del Libertador Bernardo O”Higgins; y, don NICOLAS WLADIMIR CADIZ LARA, chileno, soltero, técnico agrícola, cedula nacional de identidad número dieciocho millones trescientos setenta y cinco mil ochenta y cinco guion dos, domiciliado en calle Puente Alta número tres mil trescientos ochenta y tres, comuna de Quinta de Tilcoco, sexta region del Libertador Bernardo O”Higgins, provincial de Cachapoal; ambos accionistas en partes iguales, y constituyen sociedad por acciones “AGRICOLA C & M SpA”, que podrá actuar y ser conocida con el nombre de fantasia “C & M SpA”.- Objeto: La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y –en general– cualesquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos, y realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.- Capital: El capital social es la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido y representado en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. MARCO ANDRES PACHECO PACHECO, suscribe y paga la cantidad de cinco millones de pesos que representan cincuenta acciones de la sociedad, y don NICOLAS WLADIMIR CADIZ LARA, suscribe y paga la cantidad de cinco millones de pesos, que representan cincuenta acciones de la sociedad, ambos socios pagan al contado, en este acto, en dinero efectivo, enterándolo en caja social.- Administración, representación y uso razón social: Corresponderá a: NICOLAS WLADIMIR CADIZ LARA, con facultades señalada en escritura extractada.- Domicilio: Comuna de Quinta de Tilcoco, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero.- Duración: Será indefinida y regirá siempre por los presentes estatutos y en silencio de ellos, por normas legales y reglamentarias vigentes.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Rengo, 2 de mayo 2022.