CONSULTORA DyP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de abril de 2009
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico que con fecha 14 de marzo de 2022, ante mí, i) PEDRO MORAL LOPEZ, ii) JULIAN MORAL MESA, iii) DANIELA PALOMINOS ESPINOZA, y iv) doña MARIA CONSUELO MORAL PALOMINOS, todos domiciliados, para estos efectos, en Camino Lonquén Sur paradero veintisiete y medio Condominio Vista Hermosa 28 A, comuna de Talagante, Región Metropolitana, modifican sociedad de responsabilidad limitada “CONSULTORA DyP Limitada”, Rol Único Tributario N° 76.056.775-2, constituida por escritura pública de fecha 7 de abril del año 2009, otorgada ante el Notario de Santiago don Humberto Quezada Moreno, inscrita a fojas 18310 número 12334 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009, en el sentido que: socio, don Julián Moral Mesa, quien se retira a contar de esta fecha como socio de la sociedad, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos de la sociedad de los que es dueño, a doña Daniela Palominos Espinoza, quien acepta, compra y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $100.000, que la cesionaria paga en este acto al contado. De la misma forma, el socio don Pedro Moral López vende, cede y transfiere un 35% de los derechos de la sociedad, de los que es dueño, a doña María Consuelo Moral Palominos quien acepta, compra y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $700.000, que la cesionaria pagará forma pactada en escritura. Como consecuencia de la cesión de derechos señalada en la cláusula anterior, a contar de esta fecha, quedan como únicos socios de CONSULTORA DyP LIMITADA: i) don Pedro Moral López con el 55% de los derechos sociales, ii) doña María Consuelo Moral Palominos, con el 35% de los derechos sociales, y iii) doña Daniela Palominos Espinoza, con un 10% de los derechos sociales, quienes acuerdan reemplazar la cláusula Quinto de los estatutos por las siguiente: “Quinto: El capital social será la suma de $2.000.000, que los socios han aportado y enterado a la caja social en la siguiente forma: a) don Pedro Moral López la suma de $1.100.000 equivalente al 55% del capital social; b) doña María Consuelo Moral Palominos, la suma de $700.000 equivalente al 35% del capital social; y c) doña Daniela Palominos Espinoza, la suma de $200.000 equivalente al 10% del capital social”. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado rige pacto social. Santiago, 05 de mayo de 2022.