MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

OPB MINERALS SpA

RUT 77149403-K CVE 2123165
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
26 de abril de 2022
Notaría
Viña del Mar con asiento en Reñaca

Instrumento

Fecha
26 de abril de 2022
Notario
MARCOS ANDRES DIAZ LEON
Oficio
Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca
Comuna
Viña del Mar con asiento en Reñaca

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCOS ANDRES DIAZ LEON, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Viña del Mar con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño número catorce mil cuatrocientos treinta y nueve, Local ciento cinco, certifico: Con fecha hoy, ante mí, celebraron y redujeron a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria Accionistas de OPB MINERALS SpA (en adelante “la Sociedad”) celebrada en las oficinas de la Sociedad el 19 de abril del 2022, con la presencia del 100% de las acciones emitidas por la sociedad, detentadas en partes iguales por los señores JOSÉ RAÚL ESCOBAR RAMOS y HERBERT ESTEBAN ROTH ISLA (en adelante los “Accionistas”). Los Accionistas acordaron aumentar capital social desde la suma de $10.000.000 dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, a la suma de $84.318.135 dividido en 20.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 10.000 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. El precio de colocación de las 10.000 nuevas acciones de pago, emitidas con cargo al aumento de capital y representativas de la cantidad de $74.318.135, será de $7.431,8135 pesos por acción, a ser suscrito, enterado y pagado por los Accionistas capitalizando cuentas por cobrar que éstos mantienen en contra de la Sociedad, valorizadas en las acreencias de $37.159.067,5, detentada por don JOSÉ RAÚL ESCOBAR RAMOS, y $37.159.067,5 detentada por HERBERT ESTEBAN ROTH ISLA (“Primer Aumento de Capital”). Habiéndose aprobado el Primer Aumento de Capital se procedió a un segundo aumento de capital desde $84.318.135 dividido en 20.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal a la suma de $288.520.635, dividido en 40.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal de iguales características, mediante la emisión de 20.000 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. Las referidas 20.000 nuevas acciones representativas de la cantidad de $204.202.500 serán emitidas y colocadas al precio mínimo de $10.210,125 por acción, debiendo suscribirse y pagarse -en dinero efectivo o en cuentas por cobrar con la misma Sociedad- en el plazo de dos años contados desde la fecha de la pertinente Junta (“Segundo Aumento de Capital”). A consecuencia de lo resuelto en Primer y Segundo Aumento de Capital, se modifica el artículo quinto permanente y el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, sustituyéndolos por los siguientes: Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de $288.520.635 dividido en 40.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad de $288.520.635, dividido en 40.000 ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, se suscribe y paga en los siguientes términos: a) Con la suma de $10.000.000, representativa de 10.000 acciones, íntegramente suscrito y pagado a esta fecha. b) Con la suma de $74.318.135, correspondiente a 10.000 acciones de pago representativas del primer aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 19 de abril de 2022, las que se encuentran por suscribir y por pagar, y que deberán ser suscritas y pagadas dentro de un plazo máximo de dos años desde la celebración de la referida junta. c) Con la suma de $204.202.500, correspondiente a 20.000 acciones de pago representativas del segundo aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 19 de abril de 2022, las que se encuentran por suscribir y por pagar, y que deberán ser suscritas y pagadas dentro de un plazo máximo de dos años desde la celebración de la referida junta. Otras estipulaciones en escritura extractada. Reñaca, Viña del Mar, 26 de abril de 2022.