Farmacéutica Universo Limitada
Instrumento
- Fecha
- 20 de abril de 2022
- Notario
- Pablo A. González Caamaño
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público, Titular de la Novena Notaría de Santiago, Teatinos 333 entrepiso, certifica: Por escritura de 20/04/2022, ante mí, don Diego Salvador Quevedo D´Aquino, don Esteban Javier Quevedo D´Aquino, ambos domiciliados calle Villaseca 2385, departamento 402, comuna de Providencia y don Franklin Eduardo Quevedo Meneses, domiciliado calle Orompello Serrano 1500, Villa El Señorial, comuna de San Felipe y de paso en ésta; modificaron sociedad “Farmacéutica Universo Limitada”, nombre de fantasía “Universo Ltda.”, inscrita fs. 39 Nº 38 Registro Comercio Quillota, año 2008, Rut: 76.012.431-1, modificada fechas indicadas escritura extractada, siguiente forma: Uno. a) Diego Salvador Quevedo D´Aquino, vende, cede y transfiere a don Franklin Eduardo Quevedo Meneses, el 95% de sus derechos sociales que representan el 45% del total, en la suma de $9.500.000.- que cesionario paga con la suma de $2.000.000.- al contado y con la suma de $7.500.000.- que pagará en efectivo en un plazo de 4 años a contar de esta fecha. b) Esteban Javier Quevedo D´Aquino, vende, cede y transfiere a don Franklin Eduardo Quevedo Meneses, el 95% de sus derechos sociales que representan el 45% del total, en la suma de $9.500.000.- que cesionario paga con la suma de $2.000.000.- al contado y con la suma de $7.500.000.- que pagará en efectivo en un plazo de 4 años a contar de esta fecha. Como consecuencia cesiones, quedan como únicos socios Franklin Eduardo Quevedo Meneses, con un 90% de los derechos sociales, Diego Salvador Quevedo D´Aquino con un 5% de los derechos sociales y Esteban Javier Quevedo D´Aquino, con un 5% de los derechos sociales. Dos. Socios, acuerdan modificar la cláusula séptima, referida a la distribución de las utilidades y perdidas, la que queda en proporción a sus derechos Tres. Actuales socios ratifican que administración, representación judicial y extrajudicial de la sociedad, el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá única y exclusivamente a Franklin Eduardo Quevedo Meneses, con facultades indicadas en escritura extractada.