Vivero Vitrofarm SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de abril de 2022
- Repertorio
- 25779-2022
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público, Titular 38° Notaría Santiago, Miraflores N° 178, piso 5, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de abril de 2022, Repertorio 25.779-2022, ante mí, se redujo acta Junta Extraordinaria de Accionistas de Vivero Vitrofarm SpA, sociedad inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 48.491, N°23.117 del año 2020 y rectificada a fojas 52.498, N°24.824 del mismo año, celebrada el 22 de febrero de 2022, con la asistencia del único accionista Asesorías y Servicios Manterola SpA, debidamente representada, se acordó lo siguiente: A.- Aumentar el capital social de $100.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $200.580.000.-, dividido en 200.580 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie, mediante la emisión de 200.480 nuevas acciones de pago de iguales características. B.- Como consecuencia se modifican los artículos Sexto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales en el sentido que el capital de la sociedad después del aumento de capital asciende a la suma de $200.580.000.- dividido en 200.580 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en escritura extractada. C.- Como consecuencia se modifican los artículos Sexto y Primero Transitorio de los estatutos relativos al capital social, que quedan como siguen: “ARTÍCULO SEXTO: Capital. El capital de la Sociedad será la suma de doscientos millones quinientos ochenta mil pesos, dividido en doscientas mil quinientas ochenta acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, las que se suscriben, pagan y pagarán de acuerdo a lo indicado en el artículo primero transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo de tres años contados desde el acto de constitución o acuerdo de aumento de capital, según sea el caso, y podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. Los aportes no consistentes en dinero deberán ser estimados por los accionistas constituyentes y, en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Las acciones que emita la Sociedad se ofrecerán y colocarán al precio que determinen libremente los accionistas o quien fuere delegado al efecto por ellos. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente a suscribir las nuevas acciones en proporción a su participación accionaria al quinto día hábil previo al acuerdo de aumento de capital. Las acciones cuyo valor no se encuentre pagado no gozarán del derecho a voto que tienen las acciones íntegramente pagadas, así como tampoco, tendrán derecho a dividendo, preferencia, ni ningún otro derecho.”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Pago del Capital. El capital de doscientos millones quinientos ochenta mil pesos, dividido en doscientas mil quinientas ochenta acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado, del siguiente modo: Uno) Con la cantidad de cien mil pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal totalmente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha; y Dos) Con la cantidad de doscientos millones cuatrocientos ochenta mil pesos, representados por doscientas mil cuatrocientas ochenta acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas por Asesorías y Servicios Manterola SpA, por un total de setenta mil ciento tres acciones, las cuales se encuentran totalmente pagadas mediante dinero efectivo ingresado en la caja social; y Agrícola e Industrial San Roque Limitada, por un total de ciento treinta mil trescientos setenta y siete acciones, las cuales se encuentran totalmente suscritas y pagadas mediante dinero efectivo ingresado en la caja social y el aporte parcial de créditos de su propiedad, de acuerdo al valor que tiene el respectivo crédito.”. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Además, se acordó modificar los estatutos de la sociedad, en materias que no son de extracto. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 26 de abril de 2022.