CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES KLUMPP & BETANCOURT SpA

RUT 13953619-3 CVE 2122161
Fecha instrumento
20 de abril de 2022

Instrumento

Fecha
20 de abril de 2022
Repertorio
4418-22
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
con oficio en la comuna de Temuco

Sociedad

Ley aplicable
ley 19.499.

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
LEONARDO SIMÓN CISTERNAS ALARCÓN socio 13953619-3
Temuco y don ÓSCAR RICARDO MUÑOZ KLUMPP socio 15495995-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas N°979, certifico: Por Escritura Pública Repertorio N°4418-22 de fecha 20 de abril de 2022 otorgada ante mí, don LEONARDO SIMÓN CISTERNAS ALARCÓN, C.N.I. N°13.953.619-3, domiciliado en pasaje Los Álamos N°0697, de la comuna de Temuco y don ÓSCAR RICARDO MUÑOZ KLUMPP, C.N.I. N°15.495.995-5, domiciliado en calle Los Escritores N°0930, de la comuna de Temuco, complementaron y sanearon la sociedad “TRANSPORTES KLUMPP & BETANCOURT SpA” constituida con fecha 28 de febrero de 2022 ante mí, ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas N°979. El extracto de la escritura de constitución de sociedad fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, en su edición N°43.216 de fecha 30 de marzo de 2022, sin inscripción conservatoria en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. - Con fecha 20 de abril de 2022 se complementa la sociedad constituida ya citada en su CLÁUSULA PRIMERA, en el sentido que, donde dice: “pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “TRANS.K&B””, debe decir: “pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “TRANS.K&B SpA””, quedando en todo lo demás, la sociedad constituida en los mismos términos descritos en el pacto social y su respectivo extracto ya publicado. Además, en la cláusula cuarta de la misma escritura citada se sanea el vicio por la falta de oportuna inscripción de la escritura pública de constitución y extracto de la referida sociedad, ello en conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de la ley 19.499. Demás cláusulas en escritura extra10ctada. – Temuco, 27 de abril de 2022.