MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Importadora y Comercializadora Quivas Limitada

RUT 76924142-6 CVE 2122046
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
22 de agosto de 2018
Notaría
Renca
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de agosto de 2018
Repertorio
366-2022
Notario
FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE
Oficio
Primera Notaría de Renca
Comuna
Renca

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana. Sin embargo, la administración podrá establecer agencias o sucursales en otros lugares, dentro del país o en el extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

Corresponderá a don Felipe Andre Quiroz Vargas, quien actuando personalmente o a través de uno o más delegados especialmente designados al efecto y anteponiendo la razón social a su firma, administrará y representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Renca, con oficio en Avenida Domingo Santa María 3629, comuna de Renca, certifico: Por escritura pública repertorio N°366-2022, hoy, ante mí: don CRISTIAN ALBERTO QUIROZ ESCOBAR, domiciliado en calle Nueva Seis número dos mil quinientos once, Independencia; y don FELIPE ANDRE QUIROZ VARGAS, domiciliado en Avenida Domingo Santa María número mil ochocientos veintiocho, Independencia, transformaron la sociedad denominada “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA QUIVAS LIMITADA”, nombre de fantasía es “QUIVAS LTDA.”, cuyo extracto fue inscrito con fecha 22 de agosto de 2018 a fojas 64.499 N°32.960 del Registro de Comercio de Santiago del año 2018, y publicada en el Diario Oficial de la República de Chile, edición número 42.141, de fecha 25 de agosto del año 2018.- El Rol Único Tributario de la sociedad es el número 76.924.142-6; por haber reunido el 100% de los derechos don FELIPE ANDRE QUIROZ VARGAS, en virtud de cesión que hizo de la totalidad de sus derechos don CRISTIAN ALBERTO QUIROZ ESCOBAR, en el precio de doscientos cincuenta mil pesos, pagados al contado y en dinero en efectivo.- En consecuencia, don FELIPE ANDRE QUIROZ VARGAS, en su calidad de único socio de “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA QUIVAS LIMITADA", viene en transformar dicha sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones regida por el Código de Comercio artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes, subsistiendo la personalidad jurídica de la sociedad de responsabilidad limitada, siendo la sociedad por acciones su continuadora legal. Para los efectos señalados, la compareciente viene en reformar íntegramente el pacto social, sustituyéndolo por nuevos estatutos: RAZÓN SOCIAL: “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA QUIVAS SpA”, pudiendo actuar incluso ante bancos con el nombre de fantasía “QUIVAS SpA”; DOMICILIO: Santiago, Región Metropolitana. Sin embargo, la administración podrá establecer agencias o sucursales en otros lugares, dentro del país o en el extranjero; DURACIÓN: Indefinida; OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: la importación, comercialización, ventas y distribución de insumos y repuestos para la minería, construcción, ferretería y metalúrgica; y, el desarrollo y ejecución de cualquier otra actividad comercial, industrial y/o de servicios relacionados directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con el objeto señalado; CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad será la suma de $500.000.- dividido en 10 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal, sin imprimir las láminas físicas correspondientes a dichos títulos, totalmente suscrito y pagado por don Felipe Andre Quiroz Vargas, a un valor de suscripción de cincuenta mil pesos por acción, lo que determina un valor total de suscripción ascendente a $500.000.- Este aporte se encuentra pagado al contado y en dinero efectivo, ingresado en caja social. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá a don Felipe Andre Quiroz Vargas, quien actuando personalmente o a través de uno o más delegados especialmente designados al efecto y anteponiendo la razón social a su firma, administrará y representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Renca, 27-04-2022.