MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

IMPORTADORA WIND SpA

RUT 76777310-2 CVE 2122429
Fecha instrumento
18 de abril de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de abril de 2022
Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
31. Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de SANTIAGO
Duración
- La sociedad empezará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovable tácitamente y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo periodo

Objeto social

- EL objeto de la sociedad será la importación, exportación, y comercialización en el país o en el extranjero de toda clase de materias primas para la industria de vestuario, joyas de fantasía, paquetería, bisutería y accesorios relacionados; fabricar, comprar y vender artículos que se relacionen a las actividades ya señaladas, o de cualquier otro tipo, dar y tomar en arrendamiento, distribuir y comercializar, por cuenta propia o de terceros, todo tipo de materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinaria, maquinas, herramientas, vehículos u otros bienes afines, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro, para cumplir con el giro social, podrá tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro, y en general todo acto lícito que tenga relación con el objeto social de la empresa y que los socios acuerden. CAPITAL Y ACCIONES.- El capital de la sociedad es de DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en MIL ACCIONES nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, QUE SE ENTERAN Y PAGAN DE LA SIGUIENTE FORMA: A) La socia SUNG SIM KIM, aporta en dominio toda su participación en la sociedad “IMPORTADORA WIND LIMITADA”. Que asciende al setenta y cinco por ciento de la misma, por setecientos cincuenta acciones; B) La socia SUL YI LEE, aporta en dominio toda su participación en la sociedad “IMPORTADORA WIND LIMITADA”. Que asciende al doce coma cinco por ciento de la misma, por ciento veinticinco acciones; y C) El socio KOOK LEE, aporta en dominio toda su participación en la sociedad “IMPORTADORA WIND LIMITADA”. Que asciende al doce coma cinco por ciento de la misma, por ciento veinticinco acciones. Cada una de las acciones tiene el valor de diez mil pesos, quedando, por lo tanto, en este acto la totalidad del capital suscrito y pagado

Administración

- La administración, uso del nombre y representación judicial y extrajudicial de la sociedad, corresponderá a doña SUNG SIM KIM, quien actuando y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario. RESPONSABILIDAD.- Los accionistas serán responsables sólo hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. CESION DE ACCIONES.- La socia SUNG SIM KIM, ya individualizada, cede en este acto a doña SUL YI LEE, ya individualizada, cincuenta acciones sobre la sociedad “IMPORTADORA WIND SpA", El precio de la cesión de cincuenta acciones de la sociedad, asciende a la suma de quinientos mil pesos, monto que la cedente declara recibir a su entera satisfacción en este mismo acto. A su vez, y en virtud del mandato general que ostenta doña SUL YI LEE de don KOOK LEE, con facultades de autocontratar, por el presente acto don KOOK LEE cede en este acto a doña SUL YI LEE setenta y cinco acciones sobre la sociedad “IMPORTADORA WIND SpA", El precio de la cesión de setenta y cinco acciones de la sociedad, asciende a la suma de setecientos cincuenta mil pesos, monto que el cedente declara recibir a su entera satisfacción en este mismo acto. Queda, en consecuencia, la propiedad accionaria de la siguiente forma: Accionista SUNG SIM KIM, setecientas acciones, que representan el setenta por ciento del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055 local 328, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, Doña SUNG SIM KIM, cédula de identidad número catorce millones seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos setenta y cinco guión nueve, y doña SUL YI LEE, cédula de identidad número catorce millones seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos setenta y siete guión cinco, por sí y en representación según mandato general de don KOOK LEE, cédula de identidad número catorce millones seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos setenta y seis guión siete, todos domiciliados para estos efectos en calle Hermanos Cabot número seis mil setecientos cuarenta, departamento ciento treinta y uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, transformaron la sociedad “IMPORTADORA WIND LIMITADA”, rol único tributario setenta y seis millones setecientos setenta y siete mil trescientos diez guión dos, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas cincuenta y un mil quinientos treinta y dos, número treinta y seis mil ochocientos cuarenta, del año dos mil seis; y que, por el presente acto e instrumento, manifiestan su voluntad de transformar la mencionada sociedad, dejando de regirse por las normas de la sociedad de responsabilidad limitada, pasando en adelante a regirse por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y demás normativa aplicable a la SOCIEDAD POR ACCIONES, teniéndose el presente acto como nuevo estatuto social para todos los efectos legales, SIN SOLUCIÓN DE CONTINUIDAD RESPECTO DE LA SOCIEDAD QUE SE MODIFICA Y TRANSFORMA. ESTATUTOS.- NOMBRE.- Se constituye una sociedad por acciones con el nombre de “IMPORTADORA WIND SpA". DOMICILIO.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de SANTIAGO, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que se acuerde establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. DURACION.- La sociedad empezará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovable tácitamente y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo periodo. OBJETO.- EL objeto de la sociedad será la importación, exportación, y comercialización en el país o en el extranjero de toda clase de materias primas para la industria de vestuario, joyas de fantasía, paquetería, bisutería y accesorios relacionados; fabricar, comprar y vender artículos que se relacionen a las actividades ya señaladas, o de cualquier otro tipo, dar y tomar en arrendamiento, distribuir y comercializar, por cuenta propia o de terceros, todo tipo de materias primas, aparatos, equipos, instrumentos, maquinaria, maquinas, herramientas, vehículos u otros bienes afines, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro, para cumplir con el giro social, podrá tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro, y en general todo acto lícito que tenga relación con el objeto social de la empresa y que los socios acuerden. CAPITAL Y ACCIONES.- El capital de la sociedad es de DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en MIL ACCIONES nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, QUE SE ENTERAN Y PAGAN DE LA SIGUIENTE FORMA: A) La socia SUNG SIM KIM, aporta en dominio toda su participación en la sociedad “IMPORTADORA WIND LIMITADA”. Que asciende al setenta y cinco por ciento de la misma, por setecientos cincuenta acciones; B) La socia SUL YI LEE, aporta en dominio toda su participación en la sociedad “IMPORTADORA WIND LIMITADA”. Que asciende al doce coma cinco por ciento de la misma, por ciento veinticinco acciones; y C) El socio KOOK LEE, aporta en dominio toda su participación en la sociedad “IMPORTADORA WIND LIMITADA”. Que asciende al doce coma cinco por ciento de la misma, por ciento veinticinco acciones. Cada una de las acciones tiene el valor de diez mil pesos, quedando, por lo tanto, en este acto la totalidad del capital suscrito y pagado. ADMINISTRACION.- La administración, uso del nombre y representación judicial y extrajudicial de la sociedad, corresponderá a doña SUNG SIM KIM, quien actuando y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario. RESPONSABILIDAD.- Los accionistas serán responsables sólo hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. CESION DE ACCIONES.- La socia SUNG SIM KIM, ya individualizada, cede en este acto a doña SUL YI LEE, ya individualizada, cincuenta acciones sobre la sociedad “IMPORTADORA WIND SpA", El precio de la cesión de cincuenta acciones de la sociedad, asciende a la suma de quinientos mil pesos, monto que la cedente declara recibir a su entera satisfacción en este mismo acto. A su vez, y en virtud del mandato general que ostenta doña SUL YI LEE de don KOOK LEE, con facultades de autocontratar, por el presente acto don KOOK LEE cede en este acto a doña SUL YI LEE setenta y cinco acciones sobre la sociedad “IMPORTADORA WIND SpA", El precio de la cesión de setenta y cinco acciones de la sociedad, asciende a la suma de setecientos cincuenta mil pesos, monto que el cedente declara recibir a su entera satisfacción en este mismo acto. Queda, en consecuencia, la propiedad accionaria de la siguiente forma: Accionista SUNG SIM KIM, setecientas acciones, que representan el setenta por ciento del capital social. Accionista SUL YI LEE, doscientas cincuenta acciones, que representan el veinticinco por ciento del capital social. Accionista KOOK LEE, cincuenta acciones, que representan el cinco por ciento del capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de Abril de 2022.