MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial Redballoon Limitada

RUT 77521081-8 CVE 2122000
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
14 de abril de 2022

Instrumento

Fecha
14 de abril de 2022
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de abril de 2022, ante mí, don Felipe Bisquertt Urrutia, empresario, cédula de identidad Nº6.966.884-4, domiciliado en Avenida El Cóndor Sur Nº 590, oficina 201, de la Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, y don Andrés Alfred Leontic Correa, estudiante, cédula de identidad Nº19.453.428-0, domiciliado en Avenida Santa María, casa 3, Nº 6.330, de la Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, otorgaron escritura de modificación de la sociedad “COMERCIAL REDBALLOON LIMITADA”, inscrita a fojas 98781 Nº 45597 del Registro de Comercio del año 2021, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y rectificada por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2021, extendida ante el Notario Público de Santiago don Gonzalo Sergio Mendoza Guíñez, suplente de la Titular doña Antonieta Mendoza Escalas, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial el 20 de enero de 2022, e inscrito a fojas 5345 Nº 2533 del Registro de Comercio del año 2022, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Las modificaciones consisten en: 1) Andrés Alfred Leontic Correa vende, cede y transfiere a Felipe Bisquertt Urrutia el 20% de los derechos sociales, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Precio $300.000, pagados contado en este acto. 2) Como consecuencia de la cesión la sociedad queda constituida por los siguientes socios y en los porcentajes siguientes: Felipe Bisquertt Urrutia dueño de un 80% de los derechos sociales y don Andrés Alfred Leontic Correa, dueño de un 20% de los derechos sociales. 3) Los socios acuerdan aumentar el capital social, íntegramente pagado de $1.500.000 pesos, a la cantidad de $17.570.000, modificando el artículo Séptimo del estatuto el que queda de la siguiente manera: “Artículo Séptimo: El capital de la sociedad es la suma de $17.570.000 aportados por los socios en proporciones de un 80% por don Felipe Bisquertt Urrutia y de un 20% por don Andrés Alfred Leontic Correa. El capital social se entera y pagará por los socios a prorrata de sus derechos en la siguiente forma: a) Con la cantidad de $14.356.000 íntegramente pagado en la caja social, y b) con la suma de $3.214.000 pagaderos en dinero efectivo, especies o mediante la capitalización de créditos en contra de la sociedad, dentro del plazo de tres años contados desde la fecha de la presente escritura”.4) En lo no modificado rige el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de abril de 2022.