Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2022
- Repertorio
- 6713-2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El desarrollo y la participación en toda clase de negocios, por cuenta propia o ajena, en Chile o en el Extranjero, incluyendo la realización de inversiones en bienes muebles o inmuebles, sociedades o instrumentos financieros de cualquier especie. Para estos efectos podrá celebrar promesas de compraventas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, propios o ajenos, para lo cual podrá comprar, vender o enajenar a cualquier título, permutar, dar y tomar en arrendamiento y promesa de compraventa como también cualquier otro acto preparatorio de la compraventa de dichos bienes; Cualesquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por MATÍAS EDUARDO AHUMADA ARAYA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: que por escritura pública repertorio 6.713-2022, de fecha 08 de abril de 2022, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz: don MATIAS EDUARDO AHUMADA ARAYA, y doña ISIDORA SOFÍA MARTICORENA VERA, constituyeron una sociedad por acciones de acuerdo a lo siguiente: Razón social: “TALITA SpA”; Duración: Indefinida; Domicilio: ciudad de Santiago. Objeto: El desarrollo y la participación en toda clase de negocios, por cuenta propia o ajena, en Chile o en el Extranjero, incluyendo la realización de inversiones en bienes muebles o inmuebles, sociedades o instrumentos financieros de cualquier especie. Para estos efectos podrá celebrar promesas de compraventas de toda clase de bienes muebles e inmuebles, propios o ajenos, para lo cual podrá comprar, vender o enajenar a cualquier título, permutar, dar y tomar en arrendamiento y promesa de compraventa como también cualquier otro acto preparatorio de la compraventa de dichos bienes; Cualesquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por MATÍAS EDUARDO AHUMADA ARAYA. Capital: $5.000.000 dividido y representado en 500 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, cada una de igual valor y características, que se suscribe y paga de la siguiente forma: i) Don Matías Eduardo Ahumada Araya suscribe 250 acciones, correspondientes al cincuenta por ciento de la participación accionaria de la Sociedad, íntegramente pagadas a esta fecha; y, (ii) Doña Isidora Sofía Marticorena Vera suscribe 250 acciones, correspondientes al cincuenta por ciento de la participación accionaria de la Sociedad, íntegramente pagadas a esta fecha.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de abril de 2022.-