MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES VESTA LIMITADA

RUT 78272570-K CVE 2121318
Fecha instrumento
4 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de agosto de 2021
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular Cuadragésima Notaría de Santiago, con oficio ubicado en calle Teatinos 332, Comuna de Santiago, certifico, por escritura pública de fecha 4 de agosto de 2021, ante mí: Elisa Amalia Rahmer Ovalle, Pablo Alejandro Sanhueza Rahmer, Inversiones e Inmobiliaria Abril Limitada, Inmobiliaria Vesta Limitada, Jorge Alberto Sanhueza Rahmer, Sanhueza y Céspedes Limitada, Andrea Elisa Sanhueza Rahmer, Asesorías e Inversiones El Recodo Limitada, María Elena Sanhueza Rahmer, Inversiones Alianza Limitada, María Francisca Sanhueza Rahmer e Inversiones Frutillar Limitada, todos domiciliados Sirenas Norte 5, Comuna de Santo Domingo, Quinta Región, y de paso por ésta; modificaron INVERSIONES VESTA LIMITADA, constituida escritura pública 6 agosto 1992, Notaría Santiago Aliro Veloso Muñoz, extracto inscrito fojas 25.439 número 14.002 Registro Comercio Santiago, año 1992 publicado Diario Oficial 21 agosto 1992, por fallecimiento de socio don JORGE SANTIAGO SANHUEZA MORALES (Q.E.P.D), último domicilio el ubicado Juan XXIII número 6.400, depto. 302, Vitacura, Santiago, cuya posesión efectiva fue concedida por Resolución Exenta número 42.638, con fecha 14 de octubre 2020, Director Regional Metropolitano de Santiago del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, publicada diario electrónico www.cooperativa.cl 15 octubre de 2020, certificado XV Dirección Regional Metropolitana Oriente, del Servicio de Impuestos Internos, 30 abril de 2021, inscrita a fojas 32.949 número 48.282 Registro de Propiedad Conservador Bienes Raíces Santiago 2021. Partición efectuada fecha de 4 de agosto de 2021, en esta notaría. Modificaciones consisten: Uno) Se reemplaza la cláusula Quinta de los estatutos, por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos mil millones de pesos, que los socios han enterado de la siguiente manera: a) Doña Elisa Amalia Rahmer Ovalle, ha enterado la suma de cuarenta y ocho millones seiscientos cuarenta y tres mil quinientos dos pesos con quince centavos, equivaliendo al dos coma cuarenta y cuatro por ciento de los derechos sociales totales; b) Inmobiliaria Vesta Limitada, ha enterado la suma de trescientos ochenta y nueve millones ciento cuarenta y siete mil novecientos setenta y siete pesos veinte centavos, equivaliendo al diecinueve coma cuarenta y seis por cientos de los derechos sociales totales; c) don Pablo Alejandro Sanhueza Rahmer, ha enterado la suma de ciento siete millones quince mil seiscientos noventa y cuatro pesos con setenta y tres centavos, equivaliendo al cinco coma treinta y cinco por cientos de los derechos sociales totales; d) don Jorge Alberto Sanhueza Rahmer, ha enterado la suma de ciento siete millones quince mil seiscientos noventa y cuatro pesos con setenta y tres centavos, equivaliendo al cinco coma treinta y cinco por cientos de los derechos sociales totales; e) doña Andrea Elisa Sanhueza Rahmer, ha enterado la suma de ciento siete millones quince mil seiscientos noventa y cuatro pesos con setenta y tres centavos, equivaliendo al cinco coma treinta y cinco por cientos de los derechos sociales totales; f) doña María Elena Sanhueza Rahmer, ha enterado la suma de ciento siete millones quince mil seiscientos noventa y cuatro pesos con setenta y tres centavos, equivaliendo al cinco coma treinta y cinco por cientos de los derechos sociales totales; g) doña María Francisca Sanhueza Rahmer, ha enterado la suma de ciento siete millones quince mil seiscientos noventa y cuatro pesos con setenta y tres centavos, equivaliendo al cinco coma treinta y cinco por cientos de los derechos sociales totales; h) Inversiones Alianza Limitada ha enterado la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veintiséis mil once pesos con cuarenta centavos, equivaliendo al diez como veintisiete por ciento de los derechos sociales totales; i) Inversiones Frutillar Limitada ha enterado la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veintiséis mil once pesos con cuarenta centavos, equivaliendo al diez como veintisiete por ciento de los derechos sociales totales; j) Asesorías e Inversiones El Recodo Limitada ha enterado la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veintiséis mil once pesos con cuarenta centavos, equivaliendo al diez como veintisiete por ciento de los derechos sociales totales; k) Sanhueza y Céspedes Limitada ha enterado la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veintiséis mil once pesos con cuarenta centavos, equivaliendo al diez como veintisiete por ciento de los derechos sociales totales; y, l) Inversiones e Inmobiliaria Abril Limitada ha enterado la suma de doscientos cinco millones cuatrocientos veintiséis mil once pesos con cuarenta centavos, equivaliendo al diez como veintisiete por ciento de los derechos sociales totales”; y, Dos) Se modifica la cláusula Séptima de la administración y uso de la razón social corresponderá indistinta y separadamente a uno cualquiera de los socios doña Elisa Amalia Rahmer Ovalle, Pablo Alejandro Sanhueza Rahmer, Jorge Alberto Sanhueza Rahmer, Andrea Elisa Sanhueza Rahmer, María Elena Sanhueza Rahmer o María Francisca Sanhueza Rahmer, con cada una de las facultades señaladas en la cláusula Séptima del estatuto social de fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos, otorgado en la Notaría de Santiago de don Aliro Veloso Muñoz. Santiago, 4 de agosto de 2021.