CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES RETRAN SpA

RUT 17646235-3 CVE 2121309
Fecha instrumento
26 de abril de 2022

Instrumento

Fecha
26 de abril de 2022
Notario
PABLO JAVIER CONTRERAS GUERRERO
Domicilio
Valparaíso

Sociedad

Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO JAVIER CONTRERAS GUERRERO, Abogado, Notario Público Interino de Valparaíso, calle Esmeralda 953, CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha 26 de Abril de 2022, ante mí, doña SASCHA´S GIORGIA JURY MOLINA, cédula nacional de identidad Nº 17.646.235-3, con domicilio en Av. Gastón Hamel 565 depto. 801, Viña del Mar, debidamente facultada y según ley 19.499, sanea vicio cometido en la constitución de INVERSIONES RETRAN SpA., que consta en escritura pública de fecha 31 de enero del año 2022, otorgada en esta notaría, inscrita a fojas 67 Nº 42 del Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso de 2022. En el acto de constitución de la sociedad, se incurrió en el vicio formal de no individualizar correctamente a los accionistas, debido a un error gramatical involuntario en la escrituración de sus nombres, tanto en la escritura de constitución como en su respectivo extracto: se debió señalar “LUISA DEL CARMEN VICENCIO HENRÍQUEZ” y no “LUISA DEL CARMEN VICENCIO HERNRIQUEZ”; se debió señalar “BÁRBARA ANDREA RIFFO VICENCIO” y no “BÁRBARA ANDRE RIFFO VIVENCIO”; se debió señalar “RICARDO IGNACIO RIFFO VICENCIO” y no “RICARDO IGNACIO RIFFO VIVENCIO” y se debió señalar “LUISA ANA BERNALES GONZÁLEZ” y no “LUISA ANA BERNALES GONZALES”. En consecuencia, el artículo primero transitorio debe señalar: “Capital Inicial y Acciones. El capital de la sociedad, que de acuerdo a lo expresado en el artículo TERCERO permanente asciende a la cantidad de ciento cincuenta millones de pesos, dividido en mil acciones de una sola serie, sin valor nominal, se suscribe por doña LUISA DEL CARMEN VICENCIO HENRÍQUEZ, la cantidad de trescientas acciones, por la suma de cuarenta y cinco millones de pesos, lo que equivale al 30% del capital social, las que se pagan de la siguiente forma: a) nueve millones de pesos al contado y en dinero efectivo en este mismo acto, ingresado dichas sumas a la caja social; b) treinta y seis millones de pesos por enterar dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de este instrumento. Se suscribe por don RICARDO EDUARDO RIFFO GUERRA, la cantidad de trescientas acciones, lo que equivale al 30% del capital social, por la suma de cuarenta y cinco millones de pesos, las que se pagan de la siguiente forma: a) nueve millones de pesos al contado y en dinero efectivo en este mismo acto, ingresado dichas sumas a la caja social; b) treinta y seis millones de pesos por enterar dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de este instrumento. Se suscribe por doña ROMINA FERNANDA RIFFO VICENCIO, la cantidad de cien acciones, lo que equivale al 10% del capital social, por la suma de quince millones de pesos, las que se pagan de la siguiente forma: a) tres millones de pesos al contado y en dinero efectivo en este mismo acto, ingresado dichas sumas a la caja social; b) doce millones de pesos por enterar dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de este instrumento. Se suscribe por doña BÁRBARA ANDREA RIFFO VICENCIO, la cantidad de cien acciones, lo que equivale al 10% del capital social, por la suma de quince millones de pesos, las que se pagan de la siguiente forma: a) tres millones de pesos al contado y en dinero efectivo en este mismo acto, ingresado dichas sumas a la caja social; b) doce millones de pesos por enterar dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de este instrumento. Se suscribe por don RICARDO IGNACIO RIFFO VICENCIO, la cantidad de cien acciones, lo que equivale al 10% del capital social, por la suma de quince millones de pesos, las que se pagan de la siguiente forma: a) tres millones de pesos al contado y en dinero efectivo en este mismo acto, ingresado dichas sumas a la caja social; b) doce millones de pesos por enterar dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de este instrumento. Se suscribe por doña LUISA ANA BERNALES GONZÁLEZ, la cantidad de cien acciones, lo que equivale al 10% del capital social, por la suma de quince millones de pesos, las que se pagan de la siguiente forma: a) tres millones de pesos al contado y en dinero efectivo en este mismo acto, ingresado dichas sumas a la caja social; b) doce millones de pesos por enterar dentro del plazo de 3 años desde la suscripción de este instrumento. En consecuencia, por este acto quedan suscritas y pagadas trescientas acciones representativas del 20% del capital social, treinta millones de pesos, y quedan por enterar setecientas acciones correspondientes al 80% del capital social, ciento veinte millones de pesos, dentro del plazo de tres años desde la suscripción de este instrumento”. En el mismo sentido, se subsana extracto de constitución en cuanto a la individualización de los accionistas en lo que respecta al aporte. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valparaíso, 27 de abril de 2022.