CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Compañía Agrícola Ocoa Limitada

RUT 5810382-9 CVE 2121424
Fecha instrumento
11 de abril de 2022
Notaría
Providencia
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de abril de 2022
Repertorio
1879-2022
Notario
Luis Eduardo Rodríguez Burr
Oficio
Primera Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
La Sociedad ha principiado con anterioridad a esta fecha y regirá hasta el treinta y uno de Diciembre de dos mil treinta, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente

Objeto social

El objeto de la Sociedad es la explotación, por cuenta propia o ajena, y a cualquier título, de predios agrícolas

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios don Oscar Greene Concha o doña María Carolina García-Huidobro Rodríguez, quienes podrán representar individualmente a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Oscar Greene García-Huidobro socio 13921979-1
Alejandro Greene García-Huidobro socio 15383200-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Eduardo Rodríguez Burr, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia Nº1.777, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de abril de 2022, otorgada ante mí, Repertorio N°1.879-2022, comparecieron: /A/ don Oscar Greene Concha R.U.T. 5.810.382-9; /B/ doña María Carolina García-Huidobro Rodríguez, R.U.T Nº6.027.898-9; C) don Oscar Greene García-Huidobro, R.U.T. Nº 13.921.979-1; y, D) don Alejandro Greene García-Huidobro, R.U.T. N°15.383.200-5, todos domiciliados en Carolina Rabat N°767, comuna de Vitacura, Santiago, quienes procedieron a efectuar las modificaciones que se señalan a continuación a la sociedad colectiva civil denominada “Compañía Agrícola Ocoa” (en adelante la “Sociedad”): Cesión de Derechos: /A/ don Oscar Greene García Huidobro cede y transfiere a don Oscar Greene Concha, quien acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos de que el primero es titular en la Sociedad. El precio de la cesión de derechos referida es la suma de $300.000 pesos, pagada en el acto y en dinero efectivo. /B/ don Alejandro Greene García Huidobro cede y transfiere a doña María Carolina García-Huidobro Rodríguez, quien acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos de que el primero es titular en la Sociedad. El precio de la cesión de derechos referida es la suma de $300.000 pesos, pagada en el acto y en dinero efectivo. Producto de lo anterior, don Oscar Greene García-Huidobro y don Alejandro Greene García-Huidobro se retiran y dejan de ser socios de la Sociedad, quedando como únicos socios, y en los siguientes porcentajes: /A/ don Oscar Greene Concha con el 50% de los derechos sociales; y /B/ doña María Carolina García-Huidobro Rodríguez con el 50% de los derechos sociales. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, se acordó reemplazar el artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de doscientos mil pesos, que los socios suscriben y pagan en dinero efectivo en la caja social en la siguiente proporción: don Oscar Greene Concha con cincuenta por ciento, es decir, con cien mil pesos; y doña María Carolina García-Huidobro Rodríguez con cincuenta por ciento, es decir, con cien mil pesos.”. Transformación: A continuación, don Oscar Green Concha y doña María Carolina García-Huidobro Rodríguez, en sus calidades de únicos socios de la Sociedad, acordaron transformarla en una sociedad de responsabilidad limitada, estableciendo los nuevos estatutos en los siguientes términos: Razón Social: “Compañía Agrícola Ocoa Limitada”. Objeto: El objeto de la Sociedad es la explotación, por cuenta propia o ajena, y a cualquier título, de predios agrícolas. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otras partes del país o del extranjero. Duración: La Sociedad ha principiado con anterioridad a esta fecha y regirá hasta el treinta y uno de Diciembre de dos mil treinta, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de cinco años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad a la expiración de cualquiera de esos períodos, manifestación que deberá constar por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación no inferior a seis meses al término del período correspondiente. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios don Oscar Greene Concha o doña María Carolina García-Huidobro Rodríguez, quienes podrán representar individualmente a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de doscientos mil pesos, el cual se aporta de la siguiente manera: /A/ don Oscar Greene Concha aporta la suma de cien mil pesos, la cual ha sido pagada en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, y que equivale al cincuenta por ciento de los derechos sociales, y /B/ doña María Carolina García-Huidobro Rodríguez aporta la suma de cien mil pesos, la cual ha sido pagada en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, y que equivale al cincuenta por ciento de los derechos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 26 de abril de 2022.