CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ACTIVIDADES DE APOYO A LA AGRICULTURA Y OTROS EBJA SpA

RUT 17166950-2 CVE 2121588
Capital
$4.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de abril de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de abril de 2022
Notario
SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA
Domicilio
titular don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000.000 CLP
Domicilio
en la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA, Abogado, Notario Público, Suplente del titular don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, de la 49ª Notaria de Santiago, con oficio en Amunategui N° 73, ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública del 25-04-2022, ante el titular don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, doña ELISA BEATRIZ ALCAÍNO RÍOS, C.I. N° 17.166.950-2 y don JOSÉ ALEJANDRO ALCAÍNO RÍOS, C.I. N° 16.571.327-3. Constituyeron una sociedad por acciones, la cual se denomina “ACTIVIDADES DE APOYO A LA AGRICULTURA Y OTROS EBJA SpA.", y podrá actuar bajo el nombre de fantasía de “EBJA SpA”. El objeto social es la explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, arrendamiento, representación, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación, de bienes muebles e inmuebles, máquinas, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos d precisión y otros, repuestos y accesorios, herramientas, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, menaje y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, caza, camping y similares y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, tenga cualquiera relación con tales objetos; asimismo, podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. En general, la realización, ejecución, celebración de toda otra actividad, acto, contrato, convención, negociación que lleve al cumplimiento del objeto social, o que directa o indirectamente se refiera al giro de la empresa, sin que esto se considere taxativo, sino solo ejemplar, y todos los que se relacione en la actualidad o en el futuro con este giro, por cuenta propia o de terceros. La realización directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, de toda clase de inversiones, negocios, compras, ventas, arriendo, fabricación, importación, exportación, distribución y comercialización, por mayor y menor, por cuenta propia o de terceros, relativo a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación comercialización y/o administración, pudiendo concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto e ingresar a las ya constituidas; explotar cualquier tipo de establecimientos comerciales que por cuenta propia o ajena, directa o indirectamente, y todos los que se relacione en la actualidad o en el futuro con los giros de los establecimientos que exploten, sin limitación alguna; y cualquier otro negocio que acuerden los socios, así como toda otra actividad conexa o relacionada con la anterior. Domicilio: en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que la Junta de Accionistas acuerde establecer, en el país o en el extranjero. Capital: $4.000.000.- aportando cada socio $2.000.000.- que enterará en dinero efectivo a medida que las necesidades sociales así lo requieran y dentro del plazo máximo de tres años a contar de esta fecha.- Los socios limitan su responsabilidad, hasta por el monto respectivo de sus aportes. Plazo: Indefinido. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago 27 de abril de 2022.