CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MEB PATAGONIA TI SpA

RUT 16743296-4 CVE 2120546
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de abril de 2022

Instrumento

Fecha
14 de abril de 2022

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Horacio Silva Reyes, Notario en Magallanes y Antártica Chilena, con oficio en L. Navarro 1164 esta ciudad; certifica que por escritura pública de hoy, ante él: Nicolás Vladimir González Figueroa, factor de comercio, C.I. 16.743.296-4, Los Sauces parcela N°14 lote 4, Pirque, Región Metropolitana y Luis Alberto Alvarado Vidal, factor de comercio, C.I. 10.316.942-9, prolongación Arturo Prat Lote Y – Punta Arenas. Constituyeron una Sociedad por Acciones con Razón Social “MEB PATAGONIA TI SPA”; Domicilio será comuna y ciudad de Punta Arenas, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero; Objeto será la asesoría y prestación de servicios de consultoría e informática, en las áreas de tecnología de la información y telecomunicaciones, por cuenta propia o ajena; el desarrollo de programas de informática y software; la realización de estudios, proyectos, instalaciones de redes y diseños e implementación de sitios web; la comercialización de software y hardware; proporcionar asistencia técnica y de programas; prestar servicios de asesoramiento en manejo de informática que se precise para el mejor funcionamiento de pequeñas y grandes empresas la prestación de toda clase de servicios de asesoría computacional contable y administrativo; y todo lo que se relacione con el giro de la empresa; Duración indefinida; Capital $1.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, del cual: A) Don Nicolás Vladimir González Figueroa, suscribe y paga 50 acciones en este acto en dinero en efectivo e ingresa a la caja social; y B) don Luis Alberto Alvarado Vidal, suscribe y paga 50 acciones en este acto en dinero en efectivo e ingresa a la caja social; Administración corresponderá a Nicolás Vladimir González Figueroa y Luis Alberto Alvarado Vidal, quienes deberán actuar conjuntamente y celebrar todos los contratos propios del giro de la sociedad y los que sean necesarios o conducentes al cumplimiento del objetivo de ella. El o los administradores podrán delegar parte de sus facultades en otras personas; Responsabilidad. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Punta Arenas 14 Abril 2022.