CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

IVETA SpA

CVE 2120783
Fecha instrumento
25 de abril de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de abril de 2022
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
10° Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago, Región Metropolitana

Administración

La Sociedad será administrada por un Gerente General, sin perjuicio de las facultades que corresponden a las Juntas de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular, 10° Notaria Santiago, Agustinas 1235, segundo piso, Certifico: Por escritura de hoy, ante mí: MARIO ITALO VASQUEZ ORTEGA, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento ochenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y dos guion seis, chileno, soltero, empresario, domiciliado en Calle Sótero del Río número quinientos ocho, oficina quinientos veintitrés, Santiago Centro; viene en este acto en constituir la Sociedad por Acciones denominada “IVETA SpA”. La sociedad tendrá por objeto y sin que ésta numeración sea taxativa la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; la sociedad podrá, además, invertir en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. En el mismo orden, será la de transporte de toda clase de cargas y mercancías vía terrestre, por carretera tanto nacional como internacional, con camiones propios o ajenos, así como la contratación de estos a terceros, pudiéndose arrendar, solicitar, comprar, pedir, y explotar título de agencia de transporte y las operaciones propias de este tipo de fundaciones, la comercialización y distribución maquinarias, equipos, suministros, repuestos, herramientas y otros insumos de la actividad transportista, de construcción, menaje, etc., sea mediante la compraventa, arriendo, subarriendo o representación de otras empresas fabricantes o distribuidores. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros.- Administración: La Sociedad será administrada por un Gerente General, sin perjuicio de las facultades que corresponden a las Juntas de Accionistas. Con todo, mientras la Sociedad tenga un único titular de todas las acciones, el rol de Gerente General le corresponderá a este, siendo el único representante de la Sociedad, con todos las facultades inherentes, pudiendo delegarlas total o parcialmente, para negocio determinado o de manera general, por un plazo determinado o de forma indefinida, conservando la facultad de revocar esa delegación.-Capital: El capital de la sociedad es la suma de CINCUENTA MILLONES DE PESOS, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. La sociedad no estará obligada a imprimir láminas físicas de los títulos de las acciones, por lo que deberá llevar un sistema de anotaciones en cuenta en el Registro de Accionistas, el que deberá ser firmado y resguardado por el gerente de la sociedad. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en los artículos transitorios de los estatutos de constitución. - No obstante, el capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho cada vez que la Junta General Ordinaria de Accionistas apruebe el Balance de un Ejercicio, debiendo aquel expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la distribución de la revalorización del capital propio. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago, 25 de Abril de 2022.