MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES ORLANDO CANTUARIAS Y COMPAÑÍA

RUT 77058890-1 CVE 2119894
Fecha instrumento
22 de abril de 2022
Notaría
Los Ángeles

Instrumento

Fecha
22 de abril de 2022
Notario
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
Oficio
Cuarta Notaría de Los Ángeles
Comuna
Los Ángeles

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, con domicilio en Caupolicán 355, de ésta ciudad, certifico que: Por escritura pública otorgada el 22 de abril de 2022, Rep. 2011-2022, hoy ante mí, comparecen: doña MARÍA MERCEDES DEL CARMEN COSTA RIVERS, chilena, viuda, dueña de casa, cédula de identidad número dos millones novecientos dos mil novecientos ochenta y cinco guion siete, domiciliada en -camino a Antuco kilometro uno coma nueve condominio Las Encinas casa dos comuna de Los Ángeles y don RODRIGO ORLANDO CANTUARIAS COSTA, chileno, divorciado, Abogado, domiciliado en camino a Antuco kilometro uno coma nueve condominio Las Encinas casa dos comuna de Los Ángeles, cédula de identidad número nueve millones cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos nueve guion cinco, quien comparece por sí y a nombre y en representación de doña MARÍA CRISTINA MARCHANT CANTUARIAS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero civil, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil doscientos once guion cuatro, domiciliada en calle Aguas Claras número novecientos treinta, Casa Tres, de la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; todos los comparecientes mayores de edad y que acreditan su identidad con sus respectivas cédulas y exponen: CLÁUSULA SEGUNDA: Modificación de estatutos. A fin de dar continuidad a las operaciones de la sociedad, los actuales y únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES ORLANDO CANTUARIAS Y COMPAÑÍA, rol único tributario número setenta y siete millones cincuenta y ocho mil ochocientos noventa guion uno, vienen en modificar el pacto social de la compañía, adoptando al efecto los siguientes acuerdos: UNO.- Sustituir el párrafo segundo de la cláusula Cuarta del pacto social relativo a la enumeración no limitativa de las facultades de administración, sustituyendo o reemplazando su letra b) por otra nueva del siguiente tenor: “b) Gravar con hipotecas bienes raíces o derechos inmuebles de la sociedad para garantizar obligaciones tanto de la sociedad como de terceros, pudiendo constituir la o las garantías hipotecarias, sustituirlas, posponerlas, alzarlas, cancelarlas y asimismo otorgar y constituir todo tipo de cauciones personales, pudiendo obligar a la sociedad como avalista, fiadora o codeudora solidaria de toda clase de personas jurídicas o naturales; DOS.- En todo aquello que no se modifica por el presente instrumento, quedan vigentes las demás estipulaciones del pacto social. CLÁUSULA TERCERA: Facultad al portador. Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura o de su extracto para requerir todas las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que sean procedentes en conformidad a la ley en el Registro de Comercio correspondiente, como asimismo para encargar las publicaciones y demás trámites necesarios para legalizar completamente la modificación acordada. La personería de don Rodrigo Orlando Cantuarias Costa para representar a doña María Cristina Marchant Cantuarias consta de escritura pública de fecha uno de diciembre de dos mil veintiuno, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien, Repertorio dieciocho mil novecientos sesenta y siete de dos mil veintiuno, documento que no se inserta por ser conocido de las partes y del Notario Público que autoriza. El Capital de la Sociedad es de cien millones de pesos.- Para constancia y previa lectura firman. Demás estipulaciones escritura extractada.- Los Ángeles, 22 de Abril de 2022.-