IMPORTADORA Y COMERCIALIZADOR PEREZ BRIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 30 de marzo de 2022
- Repertorio
- 2148/2022
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, comuna de Santiago, certifico: Que por instrumento privado de constitución de fecha 30 de marzo de 2022, protocolizado con fecha 20 de abril de 2022 en esta notaría ante mí, en el registro del mes de abril del mismo año, bajo el Repertorio N° 2148/2022 y N° de protocolización 2148, Natacha Valeria Pérez Echeverría y María Margarita Aravena Burgos, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Razón Social: “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADOR PEREZ BRIONES SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (a) Manufacturar, importar, exportar, comprar, vender, distribuir, comercializar y en general, negociar de cualquier forma todo tipo de bienes, ya sean muebles o inmuebles; (b) Prestar servicios de mantenciones y reparaciones de todo tipo de vehículos, así como prestar otros servicios relacionados al rubro automotriz; (c) Adquirir en propiedad o arrendamiento o disponer en cualquier forma de toda clase de bienes muebles o inmuebles, así como los derechos reales o personales que sean necesarios para el desarrollo de su objeto social; (d) Obtener, otorgar, adquirir, registrar, utilizar, explotar y disponer bajo cualquier título legal, todo tipo de franquicias, licencias, patentes, marcas, solicitudes de marcas, solicitudes de patentes, nombres o avisos comerciales o derechos sobre los mismos, derechos de autor, invenciones y cualquier otro tipo de creación intelectual; (e) Realizar actividades de publicidad y marketing para el posicionamiento de las marcas y negocios propios o de terceros que la Sociedad controle, opere o promueva; (f) En general, la celebración de todo tipo de convenios y contratos, así como la realización de las transacciones y actos, de cualquier naturaleza, que sean necesarios o convenientes para la realización del objeto social; (g) En general, cualquier otra actividad necesaria para la consecución del objeto social, y permitida por la legislación chilena, que los accionistas pudieran acordar en el futuro. Para tales objetos, la Sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos o acuerdos que sean directa o indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $60.000.000.-, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por las accionistas concurrentes al instrumento de constitución de la sociedad, de contado y en dinero efectivo en el acto de suscribir el instrumento extractado. Demás estipulaciones constan en instrumento privado protocolizado que se extracta. Santiago, 21 de abril de 2022.