MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agrícola Lágrima Seca Limitada

RUT 76258250-3 CVE 2119059
Fecha instrumento
5 de abril de 2022
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
5 de abril de 2022
Repertorio
780-2022
Notario
ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE
Oficio
Sexta Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Administración

Demás estipulaciones se encuentran en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de La Serena, con domicilio en Huanhualí N° 292 de esta ciudad, certifica: Por escritura pública Repertorio Nº 780-2022 de fecha 05 de Abril del año 2022, ante mí, don WALTER JAVIER AGUIRRE ROJAS, agricultor, El Quillay 830, Loteo doña Virginia, comuna de La Serena; don WALDO ALCIDES AGUIRRE ROJAS, agricultor, Parcela 30, Santa Isabel, comuna de San Clemente, de paso en esta ciudad; doña GLORIA SOLEDAD AGUIRRE ROJAS, secretaria, Francisco Ariztía 2960, San Joaquín, comuna de La Serena; y, doña SILVIA OTILIA ROJAS MORALES, profesora, Eusebio Lillo 648, La Pampa, comuna de La Serena, modificaron “Sociedad Agrícola Lágrima Seca Limitada”, constituida 31.03.2005 ante don Pedro Escandón Orellana, Notario Interino de la Segunda Notaría de La Serena, extracto inscrito Registro Comercio Vicuña de 2005 a fojas 13 N°13 y publicado en el Diario Oficial de 13.04.2005, en términos tales que modifican el artículo Cuarto, referente a la administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social, que corresponderán a los señores don Walter Javier Aguirre Rojas, don Waldo Alcides Aguirre Rojas y doña Gloria Soledad Aguirre Rojas, quienes obrando conjuntamente podrán actuar en la forma indicada precedentemente, judicial y extrajudicialmente, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y, además, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, actos y contratos que se celebren ante personas naturales o jurídicas, sean estas públicas o privadas, con o sin fines de lucro. Asimismo, amplían las facultades de administración. Demás estipulaciones se encuentran en la escritura extractada. Portador facultado para su legalización. La Serena, 08 de Abril de 2022.