CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES FAMILIA DOÑA IVONNE SpA

CVE 2119022
Fecha instrumento
13 de abril de 2022
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de abril de 2022
Notario
JUAN ROBERTO PEÑA URRA
Oficio
Séptima Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Domicilio
Rancagua
Duración
comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que él o los accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo periodo

Objeto social

adquisición, enajenación, compra y venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de bienes raíces, inmuebles y muebles, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios. De esta manera y sin que la enunciación sea taxativa, la sociedad podrá: a) La explotación amplia del rubro inmobiliario, por cuenta propia o ajena, incluyéndose la compra, venta y loteo de bienes raíces; el desarrollo y explotación de proyectos inmobiliarios y planes de urbanización; su comercialización, la administración de obras y)o empresas relacionadas con las actividades anteriores, el arrendamiento y subarrendamiento de bienes raíces; b) La prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones, oficinas, dependencias, construcciones de su propiedad, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. c) Invertir los dineros sociales en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en derechos en sociedades de personas, en acciones, bonos, debentures, planes de ahorro y capitalización, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión y en títulos o valores mobiliarios de cualquier clase, todo ello con fines de inversión y renta; d) La participación en otras sociedades de cualquier tipo, en calidad de socio o accionista, y en la administración de las mismas, sea que sus objetos se relacionen o no con los anteriores; e) Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados. f) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el objeto social, así como, el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas, por cuenta propia o ajena

Administración

corresponderá a don TOMAS IGNACIO SOTO PARRA quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo NOVENO de los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ROBERTO PEÑA URRA, Abogado, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio ubicado en esta ciudad, en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva (Carretera del Cobre) número trescientos cuarenta local tres, certifico: Por escritura pública de 13 de abril de 2022 ante CARLOS SANTIAGO POVEDA MALDONADO, Abogado, Notario Público Suplente del suscrito, don EDUARDO PATRICIO SOTO ROMERO, cédula nacional de identidad número siete millones novecientos cincuenta y un mil ochocientos noventa y tres guión k; doña IVONNE DEL CARMEN PARRA ORTEGA, cédula nacional de identidad número nueve millones ciento doce mil seiscientos siete guión nueve; doña NATALIA DANIELA SOTO PARRA, cédula nacional de identidad quince millones ochocientos seis mil ochocientos noventa y ocho guión dos; don TOMÁS IGNACIO SOTO PARRA, cédula nacional de identidad dieciocho millones cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta y nueve guión uno; y don MATIAS EDUARDO SOTO PARRA, cédula nacional de identidad dieciséis millones ochocientos ochenta y dos mil ciento cuarenta y tres guión tres; todos domiciliados en calle 4 Oriente 81-A, El Polo, Machalí, constituyeron sociedad por acciones cuya razón social será: “INMOBILIARIA E INVERSIONES FAMILIA DOÑA IVONNE S.p.A.”, nombre de fantasía “Inmobiliaria e Inversiones doña Ivonne FSP”. Duración: comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de cinco años, salvo que él o los accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo periodo. Domicilio: Rancagua. Objeto: adquisición, enajenación, compra y venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación de bienes raíces, inmuebles y muebles, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios. De esta manera y sin que la enunciación sea taxativa, la sociedad podrá: a) La explotación amplia del rubro inmobiliario, por cuenta propia o ajena, incluyéndose la compra, venta y loteo de bienes raíces; el desarrollo y explotación de proyectos inmobiliarios y planes de urbanización; su comercialización, la administración de obras y/o empresas relacionadas con las actividades anteriores, el arrendamiento y subarrendamiento de bienes raíces; b) La prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones, oficinas, dependencias, construcciones de su propiedad, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. c) Invertir los dineros sociales en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en derechos en sociedades de personas, en acciones, bonos, debentures, planes de ahorro y capitalización, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión y en títulos o valores mobiliarios de cualquier clase, todo ello con fines de inversión y renta; d) La participación en otras sociedades de cualquier tipo, en calidad de socio o accionista, y en la administración de las mismas, sea que sus objetos se relacionen o no con los anteriores; e) Asimismo, podrá desarrollar todas aquellas actividades, que en la actualidad o en el futuro, se encuentren relacionadas con los objetos señalados. f) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el objeto social, así como, el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas, por cuenta propia o ajena.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de trescientos sesenta millones de pesos, dividido en treinta y seis mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, cuyo valor nominal es la suma de diez mil pesos cada una, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: A) Don EDUARDO PATRICIO SOTO ROMERO, arriba individualizado, aporta en este acto en dominio el siguientes inmueble de su propiedad: Uno) inmueble ubicado en la comuna de Rancagua, calle Quebrada de Valenzuela número cuarenta y nueve, San Joaquín, inscrito a su nombre a fojas seis mil doscientos treinta vuelta número cuatro mil seiscientos cincuenta, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año mil novecientos noventa y uno, Rol de avalúos número once mil quinientos sesenta y dos guión tres, avaluado en la suma de setenta y dos millones de pesos, quedando de esa forma íntegramente pagado su aporte, equivalente al veinte por ciento del haber social, esto es a la cantidad de siete mil doscientas acciones. B) Doña IVONNE DEL CARMEN PARRA ORTEGA, arriba individualizada, aporta en este acto en dominio los siguientes inmuebles de su propiedad: Dos) propiedad consistente en el Sitio ochenta y uno A del loteo Residencial denominado el Polo, ubicado en la comuna de Machalí, inscrito a su nombre a fojas siete mil doscientos cincuenta y dos número seis mil veintiuno, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año dos mil cinco, Rol de avalúos número quinientos dieciocho guión catorce, avaluado en la suma de ciento treinta millones de pesos, y Tres) inmueble ubicado en la comuna de Rancagua, calle Quebrada de Valenzuela número cincuenta y tres San Joaquín, inscrito a su nombre a fojas doscientos siete número trescientos diez, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año dos mil uno, Rol de avalúos número once mil quinientos sesenta y dos guion cinco, avaluado en la suma de cincuenta millones de pesos. De esta manera, queda íntegramente pagado su aporte social de doña Ivonne Parra Ortega, ascendente en total a la suma de ciento ochenta millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del haber social, esto es, a la cantidad de dieciocho mil acciones. Los aportes efectuados son por este mismo acto e instrumento expresamente autorizado por su cónyuge compareciente don Eduardo Soto Romero. C) Doña NATALIA DANIELA SOTO PARRA, don TOMÁS IGNACIO SOTO PARRA, don MATIAS EDUARDO SOTO PARRA, todos, aportes en partes iguales la suma de treinta y seis millones de pesos cada uno de ellos, correspondientes al diez por ciento por cada uno, del haber social, suma que se comprometen a enterar en arcas sociales en el plazo máximo de tres años a contar de la fecha de suscripción del presente instrumento, o, a medida que las necesidades sociales así lo requieran. A cada uno de los comparecientes y socios le corresponde la cantidad de tres mil seiscientas acciones. De esta forma, el capital inicial de la sociedad ha quedado suscrito y pagado en la forma señalada. Administración: corresponderá a don TOMAS IGNACIO SOTO PARRA quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el artículo NOVENO de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rancagua, 21 de abril de 2022. Doy Fe.