Sociedad de Inversiones Enara Limitada
Instrumento
- Fecha
- 14 de abril de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de treinta años contados desde el día catorce de abril del año dos mil veintidós, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término, mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga.”
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don EDUARDO NASER JAPAZ, actuando individualmente; o a don JORGE EDUARDO NASER PSELI, don JAVIER NASER PSELI, don RODRIGO ESTEBAN NASER PSELI y doña ANDREA PILAR NASER PSELI, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos; quienes, anteponiendo sus firmas a la razón social, y actuando de la forma indicada, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada.” 2) Modificar el artículo undécimo de los actuales estatutos sociales, relativo a la duración de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO UNDÉCIMO: Vigencia y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 941, local 302, Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 14 de abril del año 2022, ante mí, SOCIEDAD DE INVERSIONES NASHIZ LIMITADA, la sociedad INVERSIONES ALTA MAR LIMITADA, SOCIEDAD DE INVERSIONES RENAPS LIMITADA, SOCIEDAD DE INVERSIONES NASLAN LIMITADA, SOCIEDAD DE INVERSIONES NASER PSELI LIMITADA, don EDUARDO NASER JAPAZ y doña RAYÁ PSELI JEZAM, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9070, piso 14, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron “Modificación de Estatutos SOCIEDAD DE INVERSIONES ENARA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 5.634 N°4.537 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 1995, y acordaron lo siguiente: 1) Modificar el artículo quinto de los actuales estatutos sociales, relativo a la administración y al uso de la razón social, reemplazándolo por el del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO QUINTO: De la administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a don EDUARDO NASER JAPAZ, actuando individualmente; o a don JORGE EDUARDO NASER PSELI, don JAVIER NASER PSELI, don RODRIGO ESTEBAN NASER PSELI y doña ANDREA PILAR NASER PSELI, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos; quienes, anteponiendo sus firmas a la razón social, y actuando de la forma indicada, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada.” 2) Modificar el artículo undécimo de los actuales estatutos sociales, relativo a la duración de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO UNDÉCIMO: Vigencia y duración. La sociedad tendrá una duración de treinta años contados desde el día catorce de abril del año dos mil veintidós, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término, mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de abril de 2022. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.