SOCIEDAD COMERCIAL JINXIU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2018
- Notario
- FÉLIX JARA CADOT
- Oficio
- 41ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 1.160, subsuelo, Santiago, CERTIFICA: Que por escritura pública de hoy, ante mí, don JINJIN LU, chino, soltero, factor de comercio, C.I.E. 24.463.401- K, y doña XIUMEI WANG, chilena, soltera, factor de comercio, C.I. 14.756.930-0, ambos domiciliados en Av. Independencia Nº 614, Comuna de Independencia, Santiago, Región Metropolitana; Sanean la sociedad de responsabilidad limitada denominada, SOCIEDAD COMERCIAL JINXIU LIMITADA Capital $15.000.000, Rut: 76.939.879-1, constituida por escritura pública de fecha 09/10/2018, ante el Notario Público de la 41º Notaría de Santiago, don FELIX JARA CADOT con domicilio en Huérfanos 1160, Subsuelo, comuna de Santiago, cuyo extracto está inscrito a fojas 77.886, número 39.814 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2018. Publicada en el diario oficial de fecha 13/10/2018, siendo su última modificación por escritura pública de fecha 25/01/2022 ante el Notario Público de la 41º Notaría de Santiago, don FELIX JARA CADOT con domicilio en Huérfanos 1160, Subsuelo, comuna de Santiago, cuyo extracto está inscrito a fojas 8102, número 4011 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2022. Publicada en el diario oficial de fecha 27/01/2022. Los socios acuerdan sanear conforme a la ley 19.499 la modificación de la sociedad de fecha 25/01/2022 otorgada en la notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, del domicilio ya citado, en la cual doña XIUMEI WANG vendió cedió y transfirió a don JINJIN LU el 30% de sus derechos sociales, Sin embargo, por un error involuntario de transcripción se indicó de manera errónea el valor de los derechos sociales, indicando que el valor de estos derechos es por la suma de $3.600.000, lo que es incorrecto, siendo que el valor correcto es de $4.500.000. En todo lo no saneado por el presente instrumento, continúan vigentes las estipulaciones de la escritura de modificación señalada. - Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 21/04/2022. FJC. NP