FACTORÍA PÚBLICA SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2022
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: por escritura pública 08 Abril 2022, ante el titular, don ÁLVARO ROBERTO ZAPATA FUENTES, don RAMÓN ALEJANDRO VARGAS VEGA y don JOSÉ MANUEL RUIZ YÁÑEZ, modifican sociedad por acciones FACTORÍA PÚBLICA SpA por las disposiciones que se extractan a continuación.- Por escritura pública de fecha 04 de noviembre de 2021, otorgada en la notaria de don ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de Santiago se constituyó la sociedad FACTORÍA PÚBLICA SpA, cuyo extracto fue inscrito a fs. 88468, N° 40706 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021 y publicada en el Diario Oficial de fecha 12 de noviembre del año 2021.- En la actualidad los únicos accionistas de la sociedad FACTORÍA PÚBLICA Spa, son los comparecientes don ÁLVARO ROBERTO ZAPATA FUENTES, por 1000 acciones de una misma serie y sin valor nominal equivalentes al 33,33% de las acciones; JOSÉ MANUEL RUIZ YÁÑEZ, por 1000 acciones de una misma serie y sin valor nominal equivalentes al 33,33% de las acciones y don RAMÓN ALEJANDRO VARGAS VEGA, por 1000 acciones de una misma serie y sin valor nominal equivalentes al 33,34% de las acciones que se divide el capital social de la sociedad referida de $3.000.000 capital que los socios y accionistas declaran que se encuentra totalmente suscrito y pagado.- Que los comparecientes vienen en modificar el título III. Administración de la sociedad, ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a don JOSÉ MANUEL RUIZ YÁÑEZ, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la Ley 18.046, otorga al Directorio de una sociedad anónima establecidas en la escritura extractada.- El notario que suscribe certifica que teniendo a la vista el registro de accionistas el capital social de la sociedad asciende a $3.000.000 dividido en 3.000 acciones y que en este acto concurre la totalidad de los accionistas de la sociedad referida. Santiago, 14 de Abril de 2022.