Instrumento
- Fecha
- 19 de abril de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad es: a) La explotación, arrendamiento, compra, venta y desarrollo de softwares y aplicaciones digitales, para teléfonos móviles o cualquier otro medio, ya sean bajo licencia o de desarrollo propios; b) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos, pudiendo adquirirlos, disponerlos y enajenarlos, en cualquier forma, respecto de todo tipo de sociedades, comunidades, asociaciones o fondos, ya sea comerciales o civiles, chilenos o extranjeros, existentes a esta fecha, o que se constituyan a futuro. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá invertir en moneda nacional o extranjera, y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 19 de abril de 2022, ante mí, ETPAY SpA, representada por don Jaime Esteban Salazar Pesce, constituyó sociedad por acciones. Razón social: ETPAY Services SpA. Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) La explotación, arrendamiento, compra, venta y desarrollo de softwares y aplicaciones digitales, para teléfonos móviles o cualquier otro medio, ya sean bajo licencia o de desarrollo propios; b) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos, pudiendo adquirirlos, disponerlos y enajenarlos, en cualquier forma, respecto de todo tipo de sociedades, comunidades, asociaciones o fondos, ya sea comerciales o civiles, chilenos o extranjeros, existentes a esta fecha, o que se constituyan a futuro. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá invertir en moneda nacional o extranjera, y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Capital: $1.000.000.-, íntegramente suscrito y pagado. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de abril de 2022.