CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

LA GOLONDRINA INVERSIONES SpA

RUT 15280543-8 CVE 2116716
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
12 de abril de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de abril de 2022

Sociedad

N. fantasía
“LA GOLONDRINA SpA”
Capital
$10.000 CLP
Domicilio
ciudad de Ancud
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; y, c) Todo otro negocio que, relacionado o no con los anteriores, acuerden los

Administración

representación y uso de la razón social corresponderá al constituyente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ENRIQUE MENDOZA LAGOS, Abogado, Notario Interino y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Ancud y Quemchi, Chacabuco 750 Ancud, por escritura hoy ante mí, GONZALO FRANCISCO MALLAGARAY LLOYD-JONES, chileno, comerciante, C.I. Nº 15.280.543-8, domiciliado Baquedano s/n, Ancud constituyo una sociedad por acciones. Razón Social: “LA GOLONDRINA INVERSIONES SpA", Nombre de fantasía: “LA GOLONDRINA SpA” Domicilio: ciudad de Ancud. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; y, c) Todo otro negocio que, relacionado o no con los anteriores, acuerden los accionistas. Capital: $10.000.000 que el constituyente entera de la forma señalada en el pacto social. Administración: representación y uso de la razón social corresponderá al constituyente. Otras estipulaciones escritura extractada.- Ancud, 12 de abril de 2022.