CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES Y SERVICIO AUTOMOTRIZ V&S SpA

RUT 20354797-8 CVE 2115592
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
13 de abril de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
13 de abril de 2022
Notario
GONZALO NICOLAS GARAY BURNAS
Domicilio
Nueva Imperial

Sociedad

Capital
$2.000 CLP
Domicilio
Chol-Chol
Duración
Indefinida

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ELIEL EDUARDO VILLEGAS AMAZA socio 20354797-8
JUAN GONZALO SAEZ INOSTROZA socio 20105790-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO NICOLAS GARAY BURNAS, Notario Público Titular de Nueva Imperial, Ernesto Riquelme 349, certifico: Por escritura pública de 13 de abril del año 2022, ante mí don ELIEL EDUARDO VILLEGAS AMAZA, C.N.I. N°20.354.797-8, y, JUAN GONZALO SAEZ INOSTROZA, C.N.I. N° 20.105.790-6, constituyeron sociedad por acciones de aquellas reguladas por las disposiciones del Párrafo 8º del Título VII del Libro II del Código de Comercio que regula las sociedades por acciones, y siempre que no se contrapongan con la naturaleza de este tipo de sociedades, la Sociedad se regirá por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas.- Nombre o razón social: “INVERSIONES Y SERVICIO AUTOMOTRIZ V&S SpA”, que podrá actuar con el nombre de fantasía de “V&S AUTOMOTRIZ SpA”.- Objeto de la sociedad: será directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro de Chile o en el extranjero: /a/ La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; /b/La reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, máquinas, herramientas y móviles; c) La compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento, y fabricación de toda clase de repuestos e insumos para vehículos motorizados, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro; y d) En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados.- Domicilio: Chol-Chol, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero.- Capital: $2.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma señalada en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes.- Duración: indefinido.- Administración y uso razón social: corresponderá a ambos socios, pudiendo actuar de consuno o separada e indistintamente, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social, la representaran con las más amplias facultades todas contenidas ARTÍCULO DÉCIMO.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Nueva Imperial, 14 de abril de 2022.