CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES MILA SpA

CVE 2114164
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de abril de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de abril de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales u oficinas en otros lugares del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ROBERTO FERNANDO PUGA PINO, Abogado, Notario Suplente del Titular Francisco Javier Leiva Carvajal, de la Segunda Notaría Santiago, domiciliado en calle Alcántara 107, Las Condes, certifica: por escritura pública de 04 Abril 2022, ante mí, CONSTANZA PATRICIA MILITZER ESPINOZA, RUT 10.331.793.-2, constituyó sociedad por acciones. Nombre: SOCIEDAD DE INVERSIONES MILA SpA pudiendo usar como nombre de fantasía ante terceros, incluso bancos e instituciones financieras el de MILA SpA. Domicilio: la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales u oficinas en otros lugares del país o del extranjero. Duración: indefinida. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: A) Servicios en inversiones en los diversos rubros, por cuenta propia o ajena; y en especial, en la explotación, administración, compraventa, arrendamiento, comodatos, permutas de inmuebles en general, y, además, de todo tipo de bienes y productos. Tendrá por objeto además importaciones, exportaciones; B) Ejercicio de actividades inmobiliarias con bienes propios o arrendados, compraventa y/o alquiler de bienes inmuebles, comercialización en general de bienes inmuebles. Además, podrá ofrecer consultorías a personas naturales o jurídicas. C) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena de bienes inmuebles; Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro. D) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. E) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, y en general, la sociedad podrá ejecutar todo tipo de actos, contratos y negocios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, y todo otro que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado al contado en dinero efectivo e ingresado a caja social. Santiago, 05 de marzo de 2022.