PSF Alicanto Solar SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de marzo de 2022
- Repertorio
- 5407-2022
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Tikuna Energía SpA | socio | 77450342-0 | — | — | |
| IE Renovables S.A | socio | 76090575-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, abogada, Notario Público Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público Titular de la 36ª, con oficio en calle La Concepción N° 65, 2° piso, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de 25 de marzo de 2022, Repertorio N° 5.407-2022, otorgada ante Notario Titular, Tikuna Energía SpA, Rol Único Tributario N° 77.450.342-0, domiciliada en Avenida Príncipe de Gales N° 5.921, comuna de La Reina, e IE Renovables S.A., Rol Único Tributario N° 76.090.575-5, domiciliada en Avenida Príncipe de Gales N° 5.921, comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones. Nombre: PSF Alicanto Solar SpA; Capital: $1.000.000 dividido en 100.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado; Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la generación, comercialización, transporte, transformación, compra y venta de energía eléctrica y demás atributos comercializables, sea por cuenta propia o de terceros; b) adquirir, usar, usufructuar, transferir y en general explotar en cualquier forma, permisos y las concesiones eléctricas a que se refiere la ley general de servicios eléctricos y asimismo las concesiones de uso onerosos a que se refiere el Decreto Ley número mil novecientos treinta y nueve de mil novecientos setenta y siete y los demás derechos y autorizaciones necesarias para la realización de las actividades que contemple el desarrollo del objeto de la Sociedad; y todo tipo de equipos e instalaciones relacionadas con modalidades de producción de energía eléctrica, en especial pero sin limitación plantas fotovoltaicas e instalaciones anexas; c) la adquisición y enajenación, por cualquier vía, de todo tipo de proyectos de generación o transporte de energía y los permisos, derechos, autorizaciones y licencias o arrendamientos necesarias para su estudio, desarrollo, explotación u operación; y asimismo el desarrollo y/o explotación de proyectos de generación y/o transporte de energía eléctrica; d) la comercialización, distribución, importación, exportación, representación y ventas de cualquier clase de equipos, materiales, insumos y/o productos terminados relacionados directa o indirectamente con el objeto social; e) la elaboración e instalación de toda clase de productos, construcciones, obras, montajes eléctricos y civiles, y prestación de servicios, sea por cuenta propia o por cuenta de terceros, mediante comisión, consignación, representación u otro sistemas contractuales; f) la administración y gestión, por cuenta propia o ajena de instalaciones de productoras de energía eléctrica e instalaciones de transmisión, así como el desarrollo de los trabajos de reparación y mantenimiento de las mismas; g) la compra, venta, permuta, arrendamiento y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales; h) la prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o de terceros, asesoría y consultorías en general incluyendo entre otras, las relacionadas con servicios de suministro, generación y transporte de electricidad, con servicios de ingeniería para toda clase de proyectos comprendidos dentro del objeto social, de mantenimiento y operación de proyectos eléctricos, asesorías y prestación de toda clase de servicios en materias energéticas, ambientales, comerciales y jurídicas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de abril de 2022.