Instrumento
- Fecha
- 10 de marzo de 2022
- Notario
- HUMBERTO QUEZADA MORENO
- Oficio
- 26ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.000.000 CLP
- Domicilio
- será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La compra, enajenación y)o arriendo de bienes inmuebles urbanos o rurales, su loteamiento, parcelación, división, urbanización y construcción; b) Ejecución y promoción de negocios e inversiones inmobiliarias; La inversión en toda clase bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos, como así mismo, la compra de adquisición, venta y enajenación de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos
Administración
La sociedad será administrada por un Directorio a cargo de cada uno de los miembros de la sociedad, quienes durarán 5 años en el cargo, renovables por un período igual y sucesivo, si es que no se pusiere término por mayoría de los socios en sesión ordinaria o extraordinaria
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público Titular de la 26ª Notaria de Santiago, Apoquindo 3196, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de Marzo de 2022, ante mí, Sres. MANUEL CARLOS GALVARINO JULIO GAETE, chileno, casado, jubilado, cédula de identidad 5.192.088-0, domiciliado en Pasaje Mar del Japón 4332, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; GONZALO LINCOYÁN JULIO GAETE, chileno, viudo, ingeniero en prevención de riesgos, cédula de identidad 6.977.874-7, domiciliado en Enrique Olivares Nº 115 B, comuna de La Florida, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; CARMEN GLORIA JULIO GAETE, chilena, casada, secretaria ejecutiva, cédula nacional de identidad 6.977.377-K, domiciliada en Pasaje Alamiro Castillo Nº 0530, Villa Los Héroes, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; ISABEL DEL CARMEN ECHEVERRÍA GAETE, chilena, casada, dueña de casa, cédula nacional de identidad 2.741.699-3, domiciliada en San Sebastián Nº 2.980, departamento Nº 22, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; NORMA MARÍA EUGENIA ECHEVERRÍA GAETE, chilena, divorciada, administradora pública, cédula nacional de identidad 2.742.922-K, domiciliada en 1492 Belleshore Circle Jacksonville Florida Nº 32218, Estados Unidos de América; RAÚL ELÍAS ECHEVERRÍA QUINTANILLA, chileno, casado, comerciante, cédula nacional de identidad 11.523.343-2, domiciliado en Claudio Matte Pérez Nº 2.498, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; PAOLA ANDREA ECHEVERRÍA BARRIENTOS, chilena, divorciada, economista, cédula nacional de identidad 7.819.682-3, domiciliada en Vía La Costa, Urbanización Terra Nostra, Manzana Nº 1.373, Villa Nº 8, ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, Ecuador, y RAÚL ANDRÉS ECHEVERRÍA BARRIENTOS, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad 17.177.989-8, domiciliado en Vía La Costa, Urbanización Terra Nostra, Manzana Nº 1.373, Villa Nº 8, ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, Ecuador; constituyeron una sociedad por acciones con el nombre de “La Cruz SpA”. DOMICILIO: será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. DURACION: La duración de la Sociedad será indefinida. OBJETO: a) La compra, enajenación y/o arriendo de bienes inmuebles urbanos o rurales, su loteamiento, parcelación, división, urbanización y construcción; b) Ejecución y promoción de negocios e inversiones inmobiliarias; La inversión en toda clase bienes muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos, como así mismo, la compra de adquisición, venta y enajenación de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos. CAPITAL: El capital de la sociedad consiste en un inmueble ubicado en la comuna de Puchuncaví que corresponde a propiedades denominadas El Llano y La Cruz, que tiene una superficie de 16 cuadras más o menos, y que deslindan: al Norte, con camino vecinal a La Canela, Sucesión Eusebio Escobar y otros; al Oriente, Sucesión Román y otros; al Poniente, con sucesión Mauricio Fernández y otros; y al Sur, Lucas Fernández y otros. Cada aportante avalúa su aporte a la sociedad en la suma de $15.000.000.- monto que fue acordado en relación al valor patrimonial que representa el bien para cada aportante y no en base al valor comercial o tasación fiscal del bien aportado. El capital de la sociedad será el terreno avaluado en $90.000.000.- dividido en 18 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, SIGUIENTE FORMA: Manuel Carlos Galvarino Julio Gaete, suscribe 3 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $15.000.000.- del capital social, que paga en aporte del bien individualizado en el artículo quinto. Gonzalo Lincoyán Julio Gaete, suscribe 3 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $15.000.000.- del capital social, que paga en aporte del bien individualizado en el artículo quinto. Carmen Gloria Julio Gaete, suscribe 3 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $15.000.000.- del capital social, que paga en aporte del bien individualizado en el artículo quinto. Norma María Eugenia Echeverría Gaete, suscribe 3 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $15.000.000.- del capital social, que paga en aporte del bien individualizado en el artículo quinto. Isabel del Carmen Echeverria Gaete, suscribe 3 acciones ordinarias de la Serie Única, equivalentes a la suma de $15.000.000.- del capital social, que paga en aporte del bien individualizado en el artículo quinto. Raúl Elías Echeverría Quintanilla, suscribe 1 acción ordinaria de la Serie única, equivalentes a la suma de $5.000.000.- del capital social, que paga en aporte del bien individualizado en el artículo quinto. Paola Andrea Echeverría Barrientos, suscribe 1 acción ordinaria de la Serie única, equivalentes a la suma de $5.000.000.- del capital social, que paga en aporte del bien individualizado en el artículo quinto. Raúl Andrés Echeverría Barrientos, suscribe 1 acción ordinaria de la Serie única, equivalentes a la suma de $5.000.000.- del capital social, que paga en aporte del bien individualizado en el artículo quinto. En consecuencia, el capital accionario de la compañía queda íntegramente suscrito y pagado, Administración: La sociedad será administrada por un Directorio a cargo de cada uno de los miembros de la sociedad, quienes durarán 5 años en el cargo, renovables por un período igual y sucesivo, si es que no se pusiere término por mayoría de los socios en sesión ordinaria o extraordinaria. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 07 de Abril 2022. H. Quezada M.