Construcciones Nórdicas Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de marzo de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
a) Gerente General. Se designa como gerente general de Construcciones Nórdicas Limitada, a don Renato Andrés Gonzalez Arancibia, quien tendrá todas las atribuciones y facultades que la Ley y los estatutos sociales le confieren para el correcto desempeño de su cargo. b) La administración y el uso de la razón social de Construcciones Nórdicas Limitada, le corresponderá a don Renato Andrés Gonzalez Arancibia y a doña Carolina Gonzalez Arancibia. En efecto: i) don Renato Andrés Gonzalez Arancibia y doña Carolina Gonzalez Arancibia, actuando indistinta y separadamente, representaran a Construcciones Nórdicas Limitada, con las atribuciones y facultades señaladas en escritura extractada. ii) don Renato Andrés Gonzalez Arancibia y doña Carolina Gonzalez Arancibia, actuando conjuntamente, representaran a Construcciones Nórdicas Limitada, con las atribuciones y facultades señaladas en escritura extractada. En todo lo no modificado en este instrumento, rige plenamente el texto de los Estatutos Sociales de Construcciones Nórdicas Limitada, contenidos en las escrituras de constitución de la sociedad y sus modificaciones
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 9 de marzo del año 2022, ante mí, don Renato Luis Aurelio Gonzalez Pizarro, Rut. 4.131.295-5; doña María Soledad Arancibia Meyerholz, Rut. 5.133.146-k; doña Carolina González Arancibia, Rut. 7.019.127-k; don Renato Andrés González Arancibia, Rut. 10.260.674-4; don Matías González Arancibia, Rut. 10.260.673-6; y doña Catalina González Arancibia, Rut. 10.260.679-5, todos domiciliados en Avenida Raúl Labbé número 12.713, oficina 611, comuna de Lo Barnechea, en su calidad de únicos socios de la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada Construcciones Nórdicas Limitada, Rol Único Tributario número 89.015.400-k, constituida por escritura pública de fecha 27 de agosto del año 1982, ante el Notario de Santiago, don Orlando Godoy Reyes, la que en extracto se inscribió a fojas 15466 número 9038 del Registro de Comercio del año 1982 del Conservador de Bienes de Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial de fecha 9 de septiembre del año 1982, cedieron derechos y modificaron sociedad, en la forma que se señala: Don Renato Luis Aurelio Gonzalez Pizarro, con el consentimiento expreso de sus socios, vende, cede y transfiere el cincuenta y dos por ciento de los derechos sociales de que es dueño, a doña Carolina Gonzalez Arancibia, a don Renato Andrés Gonzalez Arancibia, a don Matías Gonzalez Arancibia, y a doña Catalina Gonzalez Arancibia, derechos que los cesionarios compran, aceptan y adquieren para sí, por partes iguales. El precio total de las cesiones de derechos es la suma de 286.535.719.-, pesos, que los cesionarios pagaran, por partes iguales, dentro del plazo de seis años, contado desde esta fecha. En mérito de las cesiones de derecho efectuadas, modifican la cláusula cuarta de los estatutos sociales, la que reemplazan por la siguiente: Cuarto. De la gerencia general y de la administración y uso de la razón social. a) Gerente General. Se designa como gerente general de Construcciones Nórdicas Limitada, a don Renato Andrés Gonzalez Arancibia, quien tendrá todas las atribuciones y facultades que la Ley y los estatutos sociales le confieren para el correcto desempeño de su cargo. b) La administración y el uso de la razón social de Construcciones Nórdicas Limitada, le corresponderá a don Renato Andrés Gonzalez Arancibia y a doña Carolina Gonzalez Arancibia. En efecto: i) don Renato Andrés Gonzalez Arancibia y doña Carolina Gonzalez Arancibia, actuando indistinta y separadamente, representaran a Construcciones Nórdicas Limitada, con las atribuciones y facultades señaladas en escritura extractada. ii) don Renato Andrés Gonzalez Arancibia y doña Carolina Gonzalez Arancibia, actuando conjuntamente, representaran a Construcciones Nórdicas Limitada, con las atribuciones y facultades señaladas en escritura extractada. En todo lo no modificado en este instrumento, rige plenamente el texto de los Estatutos Sociales de Construcciones Nórdicas Limitada, contenidos en las escrituras de constitución de la sociedad y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 01 de abril del 2022.