Instrumento
- Fecha
- 8 de abril de 2022
- Repertorio
- 1949-2022
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Novena Notaría Pública de San Miguel
- Comuna
- Pública
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La fabricación, procesamiento, adquisición, enajenación, transformación, importación, exportación, arrendamiento, montaje, depósito y comercialización de toda clase de maquinarias, equipos, implementos y herramientas, como asimismo sus partes, piezas y repuestos, destinados a toda clase de explotaciones y actividades industriales y en especial aquellas propias de la minería. b) El establecimiento, explotación y desarrollo, por cuenta propia o ajena, de toda actividad industrial y en especial aquellas relacionadas con el procesamiento de minerales y en general la realización de cualquier actividad propia de la minería. c) La prestación de toda clase de asesorías y asistencias técnicas, como también la prestación de servicios para actividades industriales y en especial en aquellas propias de la minería. d) En general, realizar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente, conexa con las anteriores y que los accionistas acuerden, incluso participando en otras sociedades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 8 de abril de 2022, repertorio 1949-2022, ante mí: GUY FRANCISCO BARROILHET LIRA, cédula nacional de identidad N° 16.211.090-k, constituyó sociedad por acciones bajo la Razón Social de “THORUS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La fabricación, procesamiento, adquisición, enajenación, transformación, importación, exportación, arrendamiento, montaje, depósito y comercialización de toda clase de maquinarias, equipos, implementos y herramientas, como asimismo sus partes, piezas y repuestos, destinados a toda clase de explotaciones y actividades industriales y en especial aquellas propias de la minería. b) El establecimiento, explotación y desarrollo, por cuenta propia o ajena, de toda actividad industrial y en especial aquellas relacionadas con el procesamiento de minerales y en general la realización de cualquier actividad propia de la minería. c) La prestación de toda clase de asesorías y asistencias técnicas, como también la prestación de servicios para actividades industriales y en especial en aquellas propias de la minería. d) En general, realizar cualquier actividad relacionada directa o indirectamente, conexa con las anteriores y que los accionistas acuerden, incluso participando en otras sociedades. Capital: $1.000.000 de pesos dividido en 1.000.000 de acciones nominativas y sin valor nominal, todas ordinarias y de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado en acto de constitución de la forma establecida en el artículo primero transitorio. Domiclio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda instalar agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 8 de abril de 2022.