SERVICIOS KINÉSICOS SANAE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de abril de 2022
- Notario
- Don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDon EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº359, comuna de Providencia, certifico que, ante mí, por escritura pública de fecha 01/04/2022, don JORGE RODRIGUEZ MARTIN, cédula nacional de identidad Nº 21.976.285-2 por sí y en representación de “JRM SpA”, sociedad del giro de inversiones, Rut. Nº 77.546.437-2, ambos domiciliados en Avenida Presidente Riesco número tres mil setenta y siete, departamento mil doscientos dos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y doña PALOMA ANDREA SAHID SILVA, cédula nacional de identidad Nº 13.990.376-5, por sí y en representación de “PSS SpA”, sociedad del giro de inversiones, Rut. 77.550.115-4, ambas domiciliadas en Avenida La Dehesa Nº 1201 oficina 516 Torre Norte, comuna Lo Barnechea, Región Metropolitana, modifican y realizan aporte en dominio de “SERVICIOS KINÉSICOS SANAE LIMITADA” de la siguiente forma: /uno/. don JORGE RODRIGUEZ MARTIN, con el expreso consentimiento de su consocio, aporta en dominio la totalidad de sus derechos y haberes sociales, que tiene en “SERVICIOS KINÉSICOS SANAE LIMITADA” y que alcanzan a un 50% del capital social equivalentes a $2.500.000 pesos que son entregados a la sociedad “JRM SpA”, se encuentran consignados. El valor de la cesión, se ciñe estrictamente al valor libro de éstos. /dos/. doña PALOMA ANDREA SAHID SILVA, con el expreso consentimiento de su consocio, aporta en dominio la totalidad de sus derechos y haberes sociales, que tiene en “SERVICIOS KINÉSICOS SANAE LIMITADA” y que alcanzan a un 50% del capital social equivalentes a $2.500.000 pesos, que son entregados a la sociedad “PSS SpA”, se encuentran consignados. El valor de la cesión, se ciñe estrictamente al valor libro de éstos. Como consecuencia de la cesión y aporte en dominio realizada en la cláusula precedente, se retiran de “SERVICIOS KINÉSICOS SANAE LIMITADA”, don JORGE RODRIGUEZ MARTIN y doña PALOMA ANDREA SAHID SILVA. Los únicos y actuales socios de “SERVICIOS KINÉSICOS SANAE LIMITADA” pasan a ser /uno/. “JRM SpA”, sociedad del giro de inversiones, debidamente representada por don JORGE RODRIGUEZ MARTIN, ya individualizado, con un 50% de los derechos y haberes sociales; y /dos/. “PSS SpA” sociedad del giro de inversiones, debidamente representada por doña PALOMA ANDREA SAHID SILVA, ya individualizada, con un 50% de los derechos y haberes sociales. Los socios, que pertenecen en ella declaran que nada se adeudan entre sí, otorgándose en consecuencia el más amplio, total y recíproco finiquito, el cual comprende y abarca todos los derechos y obligaciones que se generaron o pudieron generarse con ocasión del pacto social. Modificación. “Artículo Sexto: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma de $5.000.000 de pesos, enteramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha que los socios aportan al contado y en dinero en efectivo de la siguiente forma: /uno/. “JRM SpA”, debidamente representada por don JORGE RODRIGUEZ MARTIN, ha aportado $2.500.000 pesos, correspondiente al 50% de los derechos sociales y /dos/. “PSS SpA”, debidamente representada por doña PALOMA ANDREA SAHID SILVA, ha aportado $2.500.000 pesos, correspondiente al 50% de los derechos sociales.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de abril del 2022.- Eduardo Diez Morello. - Notario Público. -