MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

R&R Gastronómica Limitada

RUT 76899523-0 CVE 2113060
Fecha instrumento
28 de marzo de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de marzo de 2022
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Susana Belmonte Aguirre, Notario Titular de la 11° Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte N° 555, oficina 201, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 28-03-2022, bajo el Rep. N° 8705-22, ante mí, compareció: i) María José Banda Fortini, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos treinta y cinco mil quinientos sesenta y seis guion dos, con domicilio en Cipreses cero sesenta y uno, comuna de Santo Domingo, Región de Valparaíso; ii) Ornella Melissa Olivari Miralles, cédula de identidad número trece millones ochocientos setenta mil cuatrocientos veintinueve guion siete, con domicilio en veintitrés de Febrero número ocho mil once, comuna de La Reina, Región Metropolitana; iii) Nicolás Gabriel Rojas Pinto, cédula de identidad número trece millones ochocientos veintinueve mil doscientos veintinueve, con domicilio en veintitrés de Febrero número ocho mil once, comuna de La Reina, Región Metropolitana y iv) Héctor Miguel Alejandro Rojas Figueroa, cédula de identidad número seis millones trescientos veintiséis mil quinientos cuarenta y tres guion ocho, ambos domiciliados en Ochagavía número once mil quinientos siete, comuna de El Bosque, Región Metropolitana modificaron la sociedad R&R Gastronómica Limitada (en adelante la “Sociedad”) en el siguiente sentido: a) Como consecuencia de la cesión de derechos que da cuenta la escritura extractada, deja de ser socia María José Banda Fortini y quedan como únicos socios Ornella Melissa Olivari Miralles con una participación en los derechos sociales de veinticinco por ciento, Nicolás Gabriel Rojas Pinto con una participación en los derechos sociales de veinticinco por ciento y Héctor Miguel Alejandro Rojas Figueroa con una participación en los derechos sociales de cincuenta por ciento; b) Los actuales socios modificaron los estatutos de la Sociedad en los siguientes términos i) Reemplazando el artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Sexto: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de diez millones de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente manera, encontrándose en la caja social: a) Héctor Alejandro Rojas Figueroa aporta la suma de cinco millones de pesos, correspondiente al cincuenta por ciento del capital, que paga al contado y en dinero efectivo, en este acto; b) Ornella Melissa Olivari Miralles aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, correspondiente al veinticinco por ciento del capital, que paga al contado y en dinero efectivo, en este acto; y c) Nicolás Gabriel Rojas Pinto aporta la suma de dos millones quinientos mil pesos, correspondiente al veinticinco por ciento del capital, que paga al contado y en dinero efectivo, en este acto” “ii) Reemplazando el primer párrafo de la cláusula Cuarto Uno/ por la siguiente: “Cuarto. Uno/, La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a Ornella Melissa Olivari Miralles, Nicolás Gabriel Rojas Pinto y a Héctor Alejandro Rojas Figueroa. Cualquiera de ellos, actuando individualmente por la Sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos”. El resto de la cláusula Cuarto Uno/, donde se citan facultades a modo ejemplar y no taxativo, sigue vigente y sin modificaciones. iii) Eliminando el artículo Cuarto Dos/ de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 07-04-2022.