MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

PEDRO JUAN PARRA MEDEL OBRAS MENORES E.I.R.L.

RUT 76115572-5 CVE 2112931
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
28 de marzo de 2022
Notaría
San Fernando
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
28 de marzo de 2022
Repertorio
6521
Notario
Alberto Ortega Jirón
Oficio
1° Notaria San Fernando
Comuna
San Fernando

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
Ciudad de San Fernando, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley N° 3.918

Objeto social

El objeto de la sociedad será: el objeto de la sociedad es de servicios de construcción, en general, por cuenta propia o ajena, de toda clase de inmuebles, sea para los efectos de obras menores, o mayores de reparación, ampliación, de inmuebles, y de cualquier otra actividad relacionada; y que los constituyentes de común acuerdo determinen.-.”, pudiendo girar también, incluso con bancos e instituciones financieras

Administración

se designa como administrador o gerente general al socio PEDRO JUAN PARRA MEDEL, quien podrá actuar con las facultades establecidas en la escritura extractada. La

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alberto Ortega Jirón, Abogado, Notario Público, Titular 1° Notaria San Fernando, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 2.010, ante el Notario Público de la primera notaria de San Fernando, don Daniel Mondaca Pedreros, anotada bajo el repertorio N° 6521 del año 2.010, el compareciente don PEDRO JUAN PARRA MEDEL, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada denominada PEDRO JUAN PARRA MEDEL OBRAS MENORES E.I.R.LM RUT 76.115.572-5, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial 24 se septiembre de 2.010, y se inscribió a fojas 309, numero, 207, del año 2.010, del Registro de Comercio de San Fernando,: Que, por el presente instrumento don PEDRO JUAN PARRA MEDEL, vende, cede y transfiere, el cincuenta por ciento de la totalidad de los derechos y bienes de la empresa, tales como, bienes muebles e inmuebles, deudas e interés social, de la empresa individualizada; en favor de doña HORTENSIA DE LAS MERCEDES VERA DÍAZ, quién los compra y acepta para sí, el cincuenta por ciento de la antes referida empresa. El precio de esta cesión es la suma $10.000.000, que la cesionaria pagó al cedente en 36 cuotas mensuales; Que, como consecuencia de la cesión anterior, la presente sociedad se transforma en sociedad de responsabilidad limitada: Transformando la especie social de “SOCIEDAD LOS PALTOS LTDA”, Rut social: 76.115.572-5, individualizada anteriormente según da cuenta escritura citada, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, según normas del Libro II, Título VII, artículos 352 y siguientes del Código de Comercio y de la Ley N° 3.918 y que se regirá por las disposiciones de los estatutos que se consignan a continuación: Razón social: "SOCIEDAD LOS PALTOS LTDA" Domicilio. Ciudad de San Fernando, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en otros puntos del país o del extranjero. Duración. La duración de la sociedad será indefinida. Objeto. El objeto de la sociedad será: el objeto de la sociedad es de servicios de construcción, en general, por cuenta propia o ajena, de toda clase de inmuebles, sea para los efectos de obras menores, o mayores de reparación, ampliación, de inmuebles, y de cualquier otra actividad relacionada; y que los constituyentes de común acuerdo determinen.-.”, pudiendo girar también, incluso con bancos e instituciones financieras . Capital: El capital de la sociedad será de $10.000.000 que ha sido íntegramente pagados en partes iguales por ambos socios, en dinero efectivo y enterados en la caja social, que los cancelaron en efectivo, y han sido enterados a la sociedad a plena satisfacción: Administración y uso de la razón social: se designa como administrador o gerente general al socio PEDRO JUAN PARRA MEDEL, quien podrá actuar con las facultades establecidas en la escritura extractada. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto proporcional de sus respectivos aportes. San Fernando, 28 de marzo de 2022.