Instrumento
- Fecha
- 5 de abril de 2022
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La importación, exportación, compra, venta, comercialización, arrendamiento, concesión o leasing, en todas sus formas, por sí o por intermedio de terceros, de toda clase de bienes y productos, nacionales o extranjeros. Para el desarrollo de su giro comercial, la sociedad podrá celebrar toda clase actos y contratos, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, incluso el Fisco y Municipalidades, pudiendo acordar en ellos todas y cada una de sus cláusulas y estipulaciones, sean éstas de su esencia, de su naturaleza, o meramente accidentales, constituir sociedades e ingresar a las ya constituidas. En general, la Sociedad podrá desarrollar toda clase de actividades, directa o indirectamente, relacionadas con el objeto social o que los accionistas de común acuerdo determinen. 3
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Benjamín Andrés Pumpin Missiego | socio | 17603173-5 | — | — | |
| Diego Manterola Méndez | socio | 18638918-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 5 de abril de 2022, ante mí, don Benjamín Andrés Pumpin Missiego, RUT: 17.603.173-5 y, don Diego Manterola Méndez, RUT 18.638.918-2, constituyeron una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Nombre: “Owpen SpA”, en adelante la “Sociedad”. 2. Objeto: El objeto de la sociedad será: La importación, exportación, compra, venta, comercialización, arrendamiento, concesión o leasing, en todas sus formas, por sí o por intermedio de terceros, de toda clase de bienes y productos, nacionales o extranjeros. Para el desarrollo de su giro comercial, la sociedad podrá celebrar toda clase actos y contratos, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, incluso el Fisco y Municipalidades, pudiendo acordar en ellos todas y cada una de sus cláusulas y estipulaciones, sean éstas de su esencia, de su naturaleza, o meramente accidentales, constituir sociedades e ingresar a las ya constituidas. En general, la Sociedad podrá desarrollar toda clase de actividades, directa o indirectamente, relacionadas con el objeto social o que los accionistas de común acuerdo determinen. 3. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000.-, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga de la siguiente forma: (i) don Diego Manterola Méndez suscribe y paga en este acto 50 acciones, por un valor total de $500.000.-, las que se pagan e ingresan a la caja social en este mismo acto; y, (ii) don Benjamín Andrés Pumpin Missiego suscribe y paga 50 acciones, por un valor total de $500.000.-, las que se pagan e ingresan a la caja social en este mismo acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de copia de autorizada del extracto de la escritura de constitución de la Sociedad para requerir inscripciones y publicaciones que sean pertinentes. Santiago, 7 de abril de 2022.