CONSTITUCIÓN Cooperativa

Cooperativa de Trabajo Reciclaje Chumango

CVE 2112627
Fecha instrumento
4 de abril de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
4 de abril de 2022
Notario
Claudio Alejandro Cabello Olavarría
Domicilio
Quellón

Sociedad

Domicilio
Quellón, sucursales en cualquiera región del país
Duración
Indefinida

Objeto social

Capital suscrito y pagado: Christopher Roberto Bahamonde Mansilla en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa, Yagayra Luz Mary Teca Colín en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa, Kalajan Jazmín Teca Colín en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa, Víctor Gonzalo Teca Cárdenas en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa y Carolina Adriana Valeria Teca Colín en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa. El capital social es de veinticinco mil pesos, dividido en cien cuotas de participación, de un valor inicial de doscientos cincuenta pesos cada una, que los socios suscriben y pagan así: a) con mil pesos que cada socio aporta en este acto a la caja social, en dinero en efectivo; y b) el saldo equivalente a cero pesos por cada socio, será aportado en el plazo de cero días contados desde su autorización de existencia legal, en cuotas iguales, mensuales y sucesivas, pudiéndose adelantar pagos por este concepto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Claudio Alejandro Cabello Olavarría, Notario Público titular de Quellón, con domicilio en Avenida La Paz N°302, ciudad de Quellón; CERTIFICO: Con fecha 29 de marzo de 2.022, ante mí se redujo a escritura pública el acta de constitución de “COOPERATIVA DE TRABAJO RECICLAJE CHUMANGO". Domicilio: Quellón, sucursales en cualquiera región del país. Duración: Indefinida. Objeto Especifico: Producir o transformar bienes o prestar servicios a tercero, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual, podrá realizar cualesquiera de las actividades que a continuación se indican: a) Proporcionar a sus socias y socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualesquiera otros títulos, al contado o a plazo repuestos, herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos para el ejercicio de sus actividades, b) Estimular la unidad y cohesión de sus integrantes para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua, c) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y desarrollo local, d) Fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales, e) Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus integrantes como a terceros, f) Incorporar a la Cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus aso-ciados y asociadas, g) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo, h) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de sus miembros, i) Adquirir para sí o para distribuir entre sus integrantes los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas, j) La Cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus miembros y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo, k) Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a quienes son parte de ella y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación, l) Propender a la integración del joven y la mujer a la organización cooperativa, entre otras formas, mediante la creación de programas productivos, actividades socio-culturales, empoderamiento y roles, etc., m) Contratar créditos con entidades tanto privadas, cooperativas como públicas, fiscales, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas o para suministrar a los socios préstamos destinados exclusivamente al fomento, modernización y desarrollo de las faenas pesqueras. Para poder desarrollar el objetivo recién señalado, no siendo esta una Cooperativa de Ahorro y Crédito, se dará cumplimiento con la normativa que dicte el Departamento de Cooperativa para tal efecto, n) Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal, ñ) Establecer cualesquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus miembros y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de ellos y ellas, y o)En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a quienes son parte de la cooperativa y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social. Capital suscrito y pagado: Christopher Roberto Bahamonde Mansilla en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa, Yagayra Luz Mary Teca Colín en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa, Kalajan Jazmín Teca Colín en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa, Víctor Gonzalo Teca Cárdenas en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa y Carolina Adriana Valeria Teca Colín en su calidad de socio aporta pecuniariamente a la cooperativa cinco mil pesos y trabajo en las operaciones de la cooperativa. El capital social es de veinticinco mil pesos, dividido en cien cuotas de participación, de un valor inicial de doscientos cincuenta pesos cada una, que los socios suscriben y pagan así: a) con mil pesos que cada socio aporta en este acto a la caja social, en dinero en efectivo; y b) el saldo equivalente a cero pesos por cada socio, será aportado en el plazo de cero días contados desde su autorización de existencia legal, en cuotas iguales, mensuales y sucesivas, pudiéndose adelantar pagos por este concepto. Demás clausulas escritura extractada. Quellón, 04 abril 2022.