CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES ByB LIMITADA

CVE 2111186
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
4 de abril de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
4 de abril de 2022
Notario
ROBERTO FERNANDO PUGA PINO
Domicilio
Titular don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
30 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, en los términos indicados en escritura extractada

Objeto social

(a) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (b) la compra, venta, cesión e inversión, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; y, (c) la realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios, entendiéndose comprendidos dentro del giro, la celebración de todos los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Administración y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO FERNANDO PUGA PINO, Notario Público, suplente del Titular don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, de la 2ª Notaría de Santiago, domiciliado en Alcántara 107, Las Condes, certifica que por escritura pública de fecha 04-04-2022, ante mí, Sergio Ricardo Beckdorf Vicuña y Alicia Marta Barbero Stefannelli, ambos domiciliados para estos efectos en Camino la Fuente N° 1081, casa 3, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto: Razón Social: “INVERSIONES ByB LIMITADA”, pudiendo usar para efectos legales, bancarios, comerciales y de publicidad la expresión “ByB LTDA”. Objeto: (a) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (b) la compra, venta, cesión e inversión, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de instrumentos comerciales, financieros, títulos o valores mobiliarios y, en general, en toda clase de títulos de créditos representativos de dineros o mercaderías; y, (c) la realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios, entendiéndose comprendidos dentro del giro, la celebración de todos los contratos y la ejecución de todos los actos, civiles o mercantiles, que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución. Administración y uso de razón social: Corresponderá indistintamente a don Sergio Ricardo Beckdorf Vicuña y a doña Alicia Marta Barbero Stefanelli, facultades indicadas en escritura extractada. Domicilio: Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración: 30 años, contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, en los términos indicados en escritura extractada. Capital: $1.000.000.- que los socios enteran y pagan en la siguiente forma y proporción: a) Sergio Ricardo Beckdorf Vicuña, $700.000, equivalentes al 70% del capital e interés social, suma que se entera y paga en el acto y al contado; y b) Alicia Marta Barbero Stefanelli, $300.000, equivalentes al 30% del capital e interés social, suma que se entera y paga en el acto y al contado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 05 de abril 2022.