COOPERATIVA DE TRABAJO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS COODETECH
Instrumento
- Fecha
- 29 de marzo de 2022
- Repertorio
- 1208-2022
- Notario
- PABLO JOSE HALES BESELER
- Oficio
- Décima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, en especial aquellos relacionados al desarrollo, explotación y gestión comercial de sistemas de software e infraestructura tecnológica, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO JOSE HALES BESELER, abogado, Notario Público Titular de la Décima Tercera Notaría de Santiago, con asiento en la Comuna de Santiago, domiciliado en Compañía de Jesús número mil trescientos doce, de esta comuna, Región Metropolitana, certifica que fue reducida a escritura pública ante mí, con fecha 29 de marzo de 2022, Repertorio 1208-2022, el acta de la JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA “COOPERATIVA DE TRABAJO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS COODETECH” TAMBIÉN “COODETECH”, la que tuvo lugar el día 23 de marzo de 2022, y mediante la cual se constituyó la cooperativa de razón social: COOPERATIVA DE TRABAJO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS COODETECH, nombre de fantasía COODETECH. La cooperativa está domiciliada en la comuna de Providencia, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, en especial aquellos relacionados al desarrollo, explotación y gestión comercial de sistemas de software e infraestructura tecnológica, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas.. Capital: El aporte de los socios personas naturales deberán consistir necesariamente en el trabajo que se obliguen a realizar, sin perjuicio de los aportes que hagan en dinero, bienes muebles o inmuebles. El capital inicial suscrito y pagado es de $3.000.000 (tres millones de pesos) dividido en 10.000 (diez mil) cuotas de participación, de un valor inicial de 300 pesos cada una. Cada socio y socia suscribió y pagó, en la forma señalada en este artículo lo siguiente: 1. Guillermo Enrique Casas Cordero, suscribió y pagó $321.300, equivalentes a 1.071 cuotas de participación. 2. María Inés Fuentevilla Jiménez, suscribió y pagó $232.200, equivalentes a 774 cuotas de participación. 3. Patricio Gálvez Galaz, suscribió y pagó $231.600, equivalentes a 772 cuotas de participación. 4. Salvador Salomón Siciliano, suscribió y pagó $600.000, equivalentes a 2.000 cuotas de participación. 5. Dairys Quilarque Martínez, suscribió y pagó $600.000, equivalentes a 2.000 cuotas de participación. 6. Christian Sánchez Loyola, suscribió y pagó $537.900, equivalentes a 1.793 cuotas de participación. 7. Fabián Andrés Sánchez Opazo, suscribió y pagó $403.800, equivalente a 1.346 cuotas de participación. 8. Lorena Andrea Gutiérrez Barría, suscribió y pagó $73.200, equivalentes a 244 cuotas de participación. Concurrieron personalmente 8 socios y socias. Demás estipulaciones escritura extractada. En Santiago 06 de abril de 2022.-