INVERSIONES WULAIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2022
- Notario
- PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO
- Oficio
- Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $234.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno) La explotación y administración de todo tipo de bienes inmuebles urbanos; rurales y rurales industriales con cambio de uso de suelo, por cuenta propia o de terceros, cualesquiera sea su naturaleza, destino y ubicación; y Dos) Adquirir y explotar, por cuenta propia, todo tipo de bienes muebles, acciones y valores mobiliarios en general con fines de inversión y)o renta
Administración
La administración y uso de la razón social de la sociedad, corresponderá a doña CARMEN GLORIA GUZMÁN ACUÑA, con las más amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO, abogado, Notario Público titular de la Novena Notaría de Santiago, Teatinos 333 e/p, certifico: Por escritura pública de 18 de marzo de 2022, ante mí, los comparecientes doña CARMEN GLORIA GUZMÁN ACUÑA, domiciliada camino La Cumbre 4970, Lo Barnechea, Santiago; don TOMAS ARTURO GACITUA GUZMAN, domiciliado camino La Cumbre 4970, Lo Barnechea, Santiago; y doña PAULA MERCEDES GACITÚA GUZMÁN, domiciliada camino La Cumbre 4970, Lo Barnechea, Santiago, vienen en este acto en constituir una sociedad por acciones cuya razón social será “INVERSIONES WULAIA SpA”.- DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los Accionistas acuerden establecer en el país o en el extranjero.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: Uno) La explotación y administración de todo tipo de bienes inmuebles urbanos; rurales y rurales industriales con cambio de uso de suelo, por cuenta propia o de terceros, cualesquiera sea su naturaleza, destino y ubicación; y Dos) Adquirir y explotar, por cuenta propia, todo tipo de bienes muebles, acciones y valores mobiliarios en general con fines de inversión y/o renta.- ADMINISTRACION: La administración y uso de la razón social de la sociedad, corresponderá a doña CARMEN GLORIA GUZMÁN ACUÑA, con las más amplias facultades de administración. En caso de ausencia, inhabilidad voluntaria o forzosa y en la imposibilidad del ejercicio de la administración por parte de la Titular, ésta se radicará o será ejercida por los accionistas, don TOMAS ARTURO GACITÚA GUZMÁN y doña PAULA MERCEDES GACITÚA GUZMÁN, quienes deberán actuar de consuno, con las mismas facultades de su Titular, pudiendo ésta reasumir en cualquier momento, todo ello sin necesidad de expresión de causa.- CAPITAL: El Capital de la sociedad es la suma de $234.000.000, el cual se encuentra dividido en 234.000 acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan del siguiente modo: UNO.- Doña CARMEN GLORIA GUZMAN ACUÑA, suscribe 210.600 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, por la suma total de $210.600.000, que paga en este acto, dando, cediendo y transfiriendo el dominio de 208.800.000 acciones de la Sociedad “AGRÍCOLA LAS QUINIENTAS SpA”, Rol único Tributario número 76.243.374-5, según consta en el Registro de Accionistas de la Sociedad bajo el folio número 13, avaluadas de común acuerdo por los socios accionistas en la suma de $210.600.000; DOS.- Don TOMAS ARTURO GACITÚA GUZMÁN, suscribe 11.700 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, por la suma total de $11.700.000, que se pagarán en dinero efectivo, dentro del plazo de 2 años contados desde esta fecha a medida de las necesidades de la empresa; y TRES.- Doña PAULA MERCEDES GACITÚA GUZMÁN, suscribe 11.700 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, por la suma total de $11.700.000, que se pagarán en dinero efectivo, dentro del plazo de 2 años contados desde esta fecha a medida de las necesidades de la empresa.- Duración. La duración de la sociedad es indefinida.- Demás estipulaciones en escritura extractada.-