CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Saphiro Limitada

CVE 2108341
Fecha instrumento
21 de marzo de 2022

Instrumento

Fecha
21 de marzo de 2022
Repertorio
4239-2022
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Notaría Santiago N° 34°

Sociedad

Domicilio
ciudad y departamento Santiago, Región Metropolitana. Duración 30 años desde esta fecha, será prorrogado tácita y automáticamente períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término en forma señalada escritura extractada. Socios limitan responsabilidad hasta monto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular Notaría Santiago N° 34°, calle Luis Thayer Ojeda 359 comuna Providencia, Certifico: Por escritura pública de fecha 21 de Marzo de 2022, Repertorio N° 4239-2022, ante mí, EDWIN STEINSAPIR STEINER, BRYAN STEINSAPIR YAZIGI, KYLE STEINSAPIR YAZIGI y MEGAN STEINSAPIR YAZIGI, todos domiciliados en Vía Morada 6548, Vitacura, Santiago, han constituido sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es "INVERSIONES SAPHIRO LIMITADA" y nombre de fantasía de " INVERSIONES SAPHIRO LTDA ", cuyo objeto es la inversión en toda clase de bienes inmuebles y bienes muebles corporales e incorporales y concurrir a la formación y participación de toda clase de sociedades, comunidades o asociaciones, adquirir derechos o acciones de ellas. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá al socio EDWIN STEINSAPIR STEINER. En caso de fallecimiento del socio EDWIN STEINSAPIR STEINER, la administración y uso de la razón social corresponderá de manera conjunta a los socios BRYAN STEINSAPIR YAZIGI y KYLE STEINSAPIR YAZIGI. Capital: seis millones novecientos setenta y seis mil cuatrocientos veinticuatro pesos, que los socios aportan del siguiente modo: a). El socio EDWIN STEINSAPIR STEINER aporta la suma de cuatro millones doscientos setenta y seis mil cuatrocientos veinticuatro pesos que paga y entera del siguiente modo: (i) la suma de cuatro millones doscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos veinticuatro pesos que paga mediante el aporte en dominio del treinta y un por ciento de los derechos de que es titular en la sociedad Inversiones Cabo Verde Limitada Rol Único Tributario número setenta y ocho millones quinientos cincuenta y ocho mil cien guion ocho. (ii) la suma de dos mil pesos que paga en dinero en efectivo en este acto que ingresa a la caja social. b) El socio BRYAN STEINSAPIR YAZIGI aporta la suma de novecientos mil pesos que paga y entera del siguiente modo: (i) la suma de ochocientos cincuenta y ocho mil trescientos sesenta y dos pesos que paga mediante el aporte en dominio del treinta y un por ciento de los derechos de que es titular en la sociedad Inversiones Cabo Verde Limitada Rol Único Tributario número setenta y ocho millones quinientos cincuenta y ocho mil cien guion ocho. (ii) la suma de cuarenta y un mil seiscientos treinta y ocho pesos que paga en dinero en efectivo en este acto que ingresa a la caja social. c) El socio KYLE STEINSAPIR YAZIGI aporta la suma de novecientos mil pesos que paga y entera del siguiente modo: (i) la suma de setecientos cuarenta y tres mil seiscientos seis pesos que paga mediante el aporte en dominio del treinta y un por ciento de los derechos de que es titular en la sociedad Inversiones Cabo Verde Limitada Rol Único Tributario número setenta y ocho millones quinientos cincuenta y ocho mil cien guion ocho. (ii) la suma de ciento cincuenta y seis mil trecientos noventa y cuatro pesos que paga en dinero en efectivo en este acto que ingresa a la caja social. d) La socia MEGAN STEINSAPIR YAZIGI aporta la suma de novecientos mil pesos que paga en dinero en efectivo en este acto que ingresa a la caja social. Se deja constancia que los aportes que los socios realizan de los derechos de que son titulares en la sociedad Inversiones Cabo Verde Limitada Rol Único Tributario número setenta y ocho millones quinientos cincuenta y ocho mil cien guion ocho se realizan a valor contable de acuerdo con el artículo sesenta y cuatro inciso quinto del Código Tributario.. Domicilio: ciudad y departamento Santiago, Región Metropolitana. Duración 30 años desde esta fecha, será prorrogado tácita y automáticamente períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término en forma señalada escritura extractada. Socios limitan responsabilidad hasta monto aportes. Otras cláusulas contrato extractado.- Santiago, 29 de marzo de 2022. EDUARDO DIEZ MORELLO.