Instrumento
- Fecha
- 9 de marzo de 2022
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero
- Duración
- La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ningún accionista manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Liat Sharon Tapia Malis, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades indicadas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de marzo de 2022, repertorio No. 1.289-2022, ante mí, doña LIAT SHARON TAPIA MALIS, domiciliada para estos efectos en calle Las Orquídeas No. 1.090 departamento 704, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Nombre: OSLO SpA. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios jurídicos y asesorías en asuntos administrativos, comerciales, financieros, tributarios y demás que los accionistas acordaren; b) la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, títulos o derechos; c) la participación en cualquier otro negocio o actividad comercial, industrial o financiera que convengan los accionistas y tenga relación directa o indirecta con el objeto social. Capital Social: El capital de la Sociedad, asciende a la suma de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, y de una misma serie, las que se suscriben y pagan por doña Liat Sharon Tapia Malis, quién suscribe 10.000 acciones, correspondientes al 100% de la participación accionaria de la Sociedad. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ningún accionista manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del período que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Liat Sharon Tapia Malis, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de marzo de 2022.