MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MADERERA NILCAHUIN LIMITADA

RUT 76087722-0 CVE 2107116
Capital
$7.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 1994
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 1994
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
Oficio
49° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$7.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, abogado, Notario Público Titular de la 49° Notaria de Santiago, Amunategui 73, Santiago Centro, certifico es-critura pública de fecha 10 de marzo 2022, ante mí, comparecieron: WA-SHINGTON SERVET ALVARADO TOLEDANO, ingeniero forestal, domicilio comuna de Santiago comparece por si mismo y en representación de MARIA CONSUELO PEREZ PAVEZ y, FRANKLIN HERMES ALVARADO TOLEDANO, mueblista, domicilio comuna de La Cisterna, de paso en ésta, modifican SOCIEDAD MADERERA NILCAHUIN LIMITADA, constituida escritura pública de 19 de diciembre de 1994 ante Felix Jara Ca- dot, Notario Público de la 41° Notaria de Santiago, extracto inscrito fs. 80 vta.- Nº 75 Registro Comercio, Conservador de Comercio Temuco, 1995, publicado Diario Oficial 9 de enero de 1995. don WASHINGTON SERVET ALVARADO TOLEDANO, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos, acciones y pretensiones en la entidad societaria “SOCIEDAD MADERERA NILCAHUIN LIMITADA” Rol Unico Tributario 76.087.722-0, esto es el 40% del capital social, a don FRANKLIN HERMES ALVARADO TOLEDANO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $7.000.000.- pagados.- El capital social $10.000.000 pesos, Doña MARIA CONSUELO PEREZ PAVEZ, aportó en dinero efectivo la suma de $2.500.000, y el aporte en dominio que hace a la sociedad del 50% de sus derechos de arrendamiento por 99 años sobre predio conocido como hijuela número veintitrés, veintidós, de la ex-comunidad Francisco Calviu, ubicado en Nilcahuin, comuna de Loncoche, provincia de Cautín, Novena Región; se avalúa este aporte en la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, que corresponden a la parte del arrendamiento cancelada por la socia; y don WASHINGTON SERVET ALVARADO TOLEDANO, aportó la suma de QUINIENTOS MIL PESOS, en dinero efec-tivo, y el aporte en dominio que hace a la sociedad del cincuenta por ciento de sus derechos de arrendamiento por noventa y nueve años, que posee sobre el predio ya individualizado en el aporte de la socia, se avala este aporte en la suma de TRES MI-LLONES QUINIENTOS MIL PESOS, que corresponde a la parte de arrendamiento can- celada por este socio. Los aportes hechos por doña MARIA CONSUELO PEREZ PA-VEZ, representan el 60% del capital social, desglosado en aporte en dinero y aporte en dominio; los aportes hechos por don WASHINGTON SERVET ALVARADO TOLE-DANO, representa el 40% del capital social, desglosado en aporte en dinero y aporte en dominio. Responsabilidad de socios se limita al monto de respectivos aportes. En consecuencia, en virtud cesión efectuada, quedan como únicos socios compañía que se modifica, doña Maria Consuelo Perez Pavez, en un 60% con una participación en utilidades o eventuales pérdidas y don Franklin Hermes Alvarado Toledano, en un 40% con una participación en utilidades o eventuales pérdidas. En todo lo no modificado permanecerán vigentes convenciones estatutarias pactadas en escritura social consti-tutiva. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago 10 de marzo 2022.