ADMINISTRADORA COMERCIAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de marzo de 2022
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ADMINISTRADORA COMERCIAL SpA | socio | 76363028-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular 8° Notaría de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de marzo de 2022, ante mí, bajo Repertorio número 3.903/2022, INVERSIONES EL ALERCE SpA, con domicilio para estos efectos en Av. El Golf N°99, piso 5, Las Condes, Santiago, en su calidad de única y actual socia de ADMINISTRADORA COMERCIAL SpA, RUT N°76.363.028-5, inscrita a fojas 2.775, número 1.871 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en adelante la “Sociedad”, acordó modificar la Sociedad en los siguientes términos: 1. Modificar el objeto social de la Sociedad, en términos tales que, la Sociedad además del objeto señalado en su estatuto social, también pueda dedicarse a la prestación de servicios de administración de caja y gestión de activos incorporales, tales como, cuentas por cobrar y por pagar de terceros, entre otros, así como efectuar todos los movimientos de flujos de dinero que le sean encomendados por terceros, y actuar como gestor de flujos monetarios, en forma física o electrónica, en moneda nacional o extranjera, pudiendo actuar la Sociedad a nombre propio o de terceros, encontrándose facultada para suscribir todos los contratos necesarios para el desarrollo de tales actividades. 2. Modificar el artículo tercero de los estatutos sociales, el que queda del siguiente tenor: “El objeto de la sociedad será la asesoría, administración, supervisión y coordinación de las personas que sin pertenecer a la empresa actúen como promotores de las actividades de los clientes, asimismo podrá administrar fuerzas de ventas propias de sus clientes o que estos contraten o subcontraten a terceros pudiendo la sociedad asumir labores de control y supervisión de la fuerza de venta, coordinación de la misma y pago por cuenta de terceros de los honorarios que los prestadores de servicios tengan derecho a percibir por su actuación, caso en el cual la sociedad podrá obrar por si misma y a nombre propio o bien por cuenta del tercero a quien represente y emitir los documentos tributarios que sea procedente. Al mismo tiempo las actividades de la sociedad podrán comprender la búsqueda y reclutamiento para terceros de personal de fuerza de venta o todo otro tipo de trabajadores y profesionales que sus clientes requieran, ello sin perjuicio de las demás actividades que puedan acordar los socios. Por último, la Sociedad también podrá dedicarse a la prestación de servicios de administración de caja y gestión de activos incorporales, tales como, cuentas por cobrar y por pagar de terceros, entre otros, así como efectuar todos los movimientos de flujos de dinero que le sean encomendados por terceros, y actuar como gestor de flujos monetarios, en forma física o electrónica, en moneda nacional o extranjera, pudiendo actuar a nombre propio o de terceros, encontrándose facultada para suscribir todos los contratos necesarios para el desarrollo de tales actividades”. En todo lo no modificado, continúan plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de marzo de 2022.